Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20230104-78)
Régimen económico. Precios públicos
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B.O.C.M. Núm. 3

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE ENERO DE 2023

— Que exista disponibilidad presupuestaria.
— Que los beneficiarios de las actividades se encuentren empadronados en cualquiera de los municipios que conforman la Mancomunidad de Servicios del Suroeste
de Madrid.
En el caso que, tras la aplicación de bonificación a usuarios de la actuación denominada Actividades Deportivas/Culturales dirigidas a Personas Mayores de la Mancomunidad de
Servicios del Suroeste de Madrid, no se dieran las condiciones para continuar con su aplicación, se entenderá de forma automática que los usuarios causan baja en la actividad, salvo que éstos manifiesten expresamente la intención de continuar con la misma.
Art. 8. Normas de gestión.—Tratándose de prestación de servicios, el ingreso se llevará a cabo mediante un depósito por ingreso directo en las arcas de la Mancomunidad de
Servicios del Suroeste de Madrid, con carácter previo al inicio de la prestación del servicio
y por la cuantía que resulte de aplicar los baremos establecidos al efecto en el anexo 1.
Cuando por causas no imputables al obligado el servicio no se preste, procederá la devolución del importe correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 46.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Se entenderá causa imputable a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid
la originada exclusivamente por su voluntad que no venga motivada, promovida, ocasionada o provocada por actuaciones, hechos, obras conductas o comportamientos de los interesados.
Aquellas personas mayores familiares que quieran ser beneficiarias de las bonificaciones reguladas en el artículo 7 del presente acuerdo, deberán aportar, junto con la solicitud de
prestación del servicio, todos aquellos documentos necesarios para obtener dicha condición
Aquellas personas mayores beneficiarias de las bonificaciones reseñadas con anterioridad que no utilicen correctamente los servicios serán suspendidas de su condición, en función de los siguientes:
— Por no asistir por causa no justificada durante tres días de servicio en un mes, se suspenderá la posibilidad de hacer uso de la bonificación en el futuro por plazo de 12
meses.
— En el caso de ser reincidentes no podrán ser beneficiarios de la bonificación.
8.1. Viaje Vacacional dirigido a Personas Mayores de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid:
Para la participación en esta actividad, se abrirá un plazo de inscripción de una duración de cinco días hábiles, durante el cual los interesados podrán formular solicitud de participación a través de los siguientes medios:
— En el Registro General de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid,
sito en la calle Miguel Hernández, número 8, del municipio de Griñón (28971), en
horario de 9:00 horas a 14:00 horas, de lunes a viernes.
— A través de la sede electrónica de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de
Madrid ( https://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es - Trámites destacados Instancia General ).
— Cualquier otro medio de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Solo se podrá solicitar un máximo de dos plazas por persona, y una vez finalizado el
plazo de cinco días hábiles otorgado, la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de
Madrid elaborará listado con todos los solicitantes a la actividad por estricto orden de Registro.
Al existir una limitación de 110 plazas por viaje vacacional, se publicará el listado de
aquellos solicitantes que podrán acudir al mismo en el tablón de anuncios y edictos de esta
Mancomunidad, inserto en su sede electrónica, debiendo, en el plazo de otros cinco días hábiles a contar a partir del siguiente al de su publicación, presentar la documentación que les
sea requerida y el justificante del ingreso efectivamente realizado en las arcas de esta administración pública. Si transcurrido el plazo otorgado no se hubieran realizado los tramites
requeridos, esta Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid se pondrá en contacto con solicitantes que se encuentren en lista de espera, otorgándoles un plazo de idéntica
duración para efectuar los tramites que le sean requeridos.
8.2. Actividades Deportivas/Culturales dirigidas a Personas Mayores de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.

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