D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230104-36)
Plan especial infraestructuras – Acuerdo 91/2022, de 24 de noviembre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras (PEI-Pfot-180) plantas solares fotovoltaicas Collarada Solar, Maladeta Solar y Popa Solar, subestaciones eléctricas Valdepozuelo y Henares y líneas eléctricas asociadas; en los términos municipales de Anchuelo y Santorcaz (documento junio de 2022)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE ENERO DE 2023
Pág. 147
— Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Secretaría de Estado de Energía, Dirección General de Política Energética y Minas. (Artículo 5 de
la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y artículo 5 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico).
— Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, Dirección General de Patrimonio Cultural, Subdirección General de Patrimonio Histórico. (Artículos 5.2 y 16.3 de la
Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid).
— Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura. Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, Subdirección General de Energía. Dirección
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Subdirección General de Producción Agroalimentaria, Área de Vías Pecuarias. (Artículo 25 de la Ley 8/1998, de 15
de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid).
— Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales. (Ley 16/1995, de 4
de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid).
— Dirección General de Economía Circular, Subdirección General de Residuos y
Calidad Hídrica, Área de Infraestructuras. (Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid).
— Canal de Isabel II, S. A. (Artículo 189 Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del abastecimiento y saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid).
— Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, Dirección General de Seguridad,
Protección Civil y Formación, Subdirección General de Protección Civil.
— Consejería de Transportes e Infraestructuras, Dirección General de Carreteras.
(Artículo 22 del Reglamento de la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la
Comunidad de Madrid).
— Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. Dirección General de Promoción
Económica e Industrial, Subdirección General de Minas y Seguridad Industrial,
Área de Minas e Instalaciones de Seguridad.
— Consejería de Familia, Juventud y Política Social. Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad. (Artículo 22 quinquies de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, y la disposición adicional décima de la Ley 40/2003 de 18 de noviembre, de Protección a las Familias
Numerosas). Dirección General de Igualdad. (Artículo 45 de la Ley 2/2016, de 29
de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no discriminación de la Comunidad de Madrid, y artículo 21.1 de la Ley 3/2016, de 22 de julio,
de protección integral contra la LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual).
Quinto
Dar traslado del expediente a los municipios afectados, que en el caso del presente Plan
Especial son Anchuelo y Santorcaz, para su conocimiento y audiencia, conforme a lo establecido en el artículo 25.7 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, otorgándose al efecto
un plazo de alegaciones de cuarenta y cinco días contados a partir del día siguiente al de la
recepción de la notificación.
Consultar, de conformidad con lo indicado en el Documento de Alcance del Estudio
Ambiental Estratégico elaborado por la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética con fecha 16 de septiembre de 2021, de manera simultánea a la solicitud de
informes sectoriales, a las siguientes Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas, las cuales deberán pronunciarse durante el plazo de cuarenta y cinco días hábiles,
pudiendo consultar el documento en el portal institucional en la ruta:
https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativaplanificacion/expediente-consultaexposicion-publica
“— Dirección General de Urbanismo. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura.
— Área de Planificación y Gestión de Residuos de la Dirección General de Economía Circular. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
BOCM-20230104-36
Sexto
B.O.C.M. Núm. 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE ENERO DE 2023
Pág. 147
— Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Secretaría de Estado de Energía, Dirección General de Política Energética y Minas. (Artículo 5 de
la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y artículo 5 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico).
— Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, Dirección General de Patrimonio Cultural, Subdirección General de Patrimonio Histórico. (Artículos 5.2 y 16.3 de la
Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid).
— Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura. Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, Subdirección General de Energía. Dirección
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Subdirección General de Producción Agroalimentaria, Área de Vías Pecuarias. (Artículo 25 de la Ley 8/1998, de 15
de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid).
— Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales. (Ley 16/1995, de 4
de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid).
— Dirección General de Economía Circular, Subdirección General de Residuos y
Calidad Hídrica, Área de Infraestructuras. (Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid).
— Canal de Isabel II, S. A. (Artículo 189 Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del abastecimiento y saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid).
— Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, Dirección General de Seguridad,
Protección Civil y Formación, Subdirección General de Protección Civil.
— Consejería de Transportes e Infraestructuras, Dirección General de Carreteras.
(Artículo 22 del Reglamento de la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la
Comunidad de Madrid).
— Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. Dirección General de Promoción
Económica e Industrial, Subdirección General de Minas y Seguridad Industrial,
Área de Minas e Instalaciones de Seguridad.
— Consejería de Familia, Juventud y Política Social. Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad. (Artículo 22 quinquies de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, y la disposición adicional décima de la Ley 40/2003 de 18 de noviembre, de Protección a las Familias
Numerosas). Dirección General de Igualdad. (Artículo 45 de la Ley 2/2016, de 29
de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no discriminación de la Comunidad de Madrid, y artículo 21.1 de la Ley 3/2016, de 22 de julio,
de protección integral contra la LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual).
Quinto
Dar traslado del expediente a los municipios afectados, que en el caso del presente Plan
Especial son Anchuelo y Santorcaz, para su conocimiento y audiencia, conforme a lo establecido en el artículo 25.7 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, otorgándose al efecto
un plazo de alegaciones de cuarenta y cinco días contados a partir del día siguiente al de la
recepción de la notificación.
Consultar, de conformidad con lo indicado en el Documento de Alcance del Estudio
Ambiental Estratégico elaborado por la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética con fecha 16 de septiembre de 2021, de manera simultánea a la solicitud de
informes sectoriales, a las siguientes Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas, las cuales deberán pronunciarse durante el plazo de cuarenta y cinco días hábiles,
pudiendo consultar el documento en el portal institucional en la ruta:
https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativaplanificacion/expediente-consultaexposicion-publica
“— Dirección General de Urbanismo. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura.
— Área de Planificación y Gestión de Residuos de la Dirección General de Economía Circular. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
BOCM-20230104-36
Sexto