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Plan especial infraestructuras –  Acuerdo 91/2022, de 24 de noviembre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras (PEI-Pfot-180) plantas solares fotovoltaicas Collarada Solar, Maladeta Solar y Popa Solar, subestaciones eléctricas Valdepozuelo y Henares y líneas eléctricas asociadas; en los términos municipales de Anchuelo y Santorcaz (documento junio de 2022)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 3

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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ACUERDO 91/2022, de 24 de noviembre, de la Comisión de Urbanismo de
Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras
(PEI-Pfot-180) plantas solares fotovoltaicas Collarada Solar, Maladeta Solar
y Popa Solar, subestaciones eléctricas Valdepozuelo y Henares y líneas eléctricas asociadas; en los términos municipales de Anchuelo y Santorcaz (documento
junio de 2022).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 24 de noviembre de 2022, a
propuesta del Director General de Urbanismo de 16 de noviembre de 2022, ha adoptado el
siguiente
ACUERDO
Primero
Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras [PEI-Pfot-180] plantas solares fotovoltaicas Collarada Solar, Maladeta Solar y Popa Solar, subestaciones eléctricas
Valdepozuelo y Henares y líneas eléctricas asociadas; en los términos municipales de Anchuelo y Santorcaz, (documento junio de 2022).
Segundo
Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de cuarenta y
cinco días, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, en uno de los de los periódicos de mayor circulación y por medios telemáticos,
para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.
El documento podrá consultarse así mismo en el portal institucional en la ruta
https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/expediente-consultaexposicionpublica
Tercero
Notificar individualmente a todos los propietarios afectados la aprobación inicial y la
apertura del trámite de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b).1.o de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. A tal
efecto, consta en el expediente anexo que contiene estructura de la propiedad y relación de
parcelas afectadas.

Solicitar informe, que debe ser emitido en el plazo de cuarenta y cinco días, a los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 59.4.b) en relación con el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001.
Los organismos a los que se debe solicitar informe son los siguientes:
— Ministerio de Defensa, Subdirección General de Patrimonio. (Disposición adicional segunda del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana).
— Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Confederación
Hidrográfica del Tajo. (Artículo 25.4 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20
de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas).
— Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Dirección General
de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual. (Artículo 50.2 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones).

BOCM-20230104-36

Cuarto