D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230104-42)
Convenio –  Convenio de 15 de diciembre de 2022, para la puesta en funcionamiento de un Centro de Formación Especializado en Tecnologías de la Información y Comunicación y Economía Sostenible en el Edificio TN9 de la avenida Anabel Segura, número 7, entre el Ayuntamiento de Alcobendas y la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 3

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE ENERO DE 2023

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Quinta
Transparencia
De acuerdo con los dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de
Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, la formalización del presente convenio será objeto de difusión electrónica a través de las páginas webs institucionales
de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento de Alcobendas.
Sexta
Protección de datos y confidencialidad
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio. Las obligaciones en materia de
protección de dichos datos tendrán validez durante la vigencia del presente convenio y una
vez terminado este.
Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como consecuencia de la ejecución del presente convenio tendrá el tratamiento de confidencial, sin
perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser divulgada o facilitada a terceros ni utilizada para un fin distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente, aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización
de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.
Las partes velarán por el cumplimiento del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por
el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración
Electrónica.
Séptima
Serán causas de resolución del presente convenio, además de las previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, las siguientes:
a) Mutuo acuerdo de las partes previa comunicación con, al menos, dos meses de
antelación.
b) Imposibilidad justificada de realizar el objeto del convenio.
c) Incumplimiento por parte de alguno de los firmantes de alguna de sus cláusulas. En
este caso se seguirá el procedimiento establecido en el apartado c) del artículo 51
de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, estableciéndose un
plazo de 1 mes para atender el requerimiento que se realice para cumplir los compromisos u obligaciones incumplidas.
d) Cualesquiera otras causas legal o reglamentariamente establecidas.
A su vez, la cesión de uso del edificio donde se ubicará el Centro de Formación que el
Ayuntamiento de Alcobendas realizará a favor de la Comunidad de Madrid se extinguirá por
las causas previstas en el artículo 150.1 de la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, revirtiendo en esos casos el inmueble a la Administración cedente.
Este supuesto determinará la extinción del convenio y será de cuenta del cesionario el
detrimento o deterioro sufrido por los bienes cedidos, sin que sean indemnizables los gastos en que haya incurrido para cumplir las cargas o condiciones impuestas.
En caso de que, a la llegada de la extinción del convenio hubiese cursos en funcionamiento, se asumirá la impartición íntegra de los mismos por parte de la DG de Formación
de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20230104-42

Causas de extinción