D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230104-41)
Convenio –  Adenda de 14 de diciembre de 2022, de prórroga para el año 2023 y modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad – actualmente Consejería de Economía, Hacienda y Empleo – , la Unión de Consumidores de la Comunidad de Madrid (UCE) y los Ayuntamientos de Anchuelo, Corpa, Estremera, Fuentidueña de Tajo, Santorcaz, Valdaracete, Valdelaguna, Villamanrique de Tajo y Villar del Olmo, para implantar un sistema de información al consumidor
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 3

lo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de
Madrid.
Julián Campeño Ayuso, Alcalde del Ayuntamiento de Valdaracete, con NIF P-2815500-J,
cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de
Madrid.
Pablo Morate Haro, Alcalde del Ayuntamiento de Valdelaguna, con NIF P-2815700-F,
cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de
Madrid.
Antonia Ayuso García, Alcaldesa del Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo, con
NIF P-2817300-C, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta
Plenaria de esta entidad de 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por
el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de
la Comunidad de Madrid.
Lucila Toledo Moreno, alcaldesa del Ayuntamiento de Villar del Olmo, con NIF
P-2817900-J, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de
la Comunidad de Madrid.
Actuando las partes en razón de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente
capacidad jurídica suficiente para este acto,
EXPONEN

CLÁUSULAS
Primera
Prórroga del convenio de colaboración para el año 2023
De conformidad con lo previsto en la cláusula undécima del convenio de colaboración
suscrito el 23 de diciembre de 2019, la Comunidad de Madrid, a través de la extinta Con-

BOCM-20230104-41

I. Que el 23 de diciembre de 2019, la Comunidad de Madrid, a través de la extinta
Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Unión de Consumidores de la Comunidad de Madrid (UCE), y los ayuntamientos de Anchuelo, Corpa, Estremera, Fuentidueña
de Tajo, Santorcaz, Valdaracete, Villamanrique de Tajo y Villar del Olmo suscribieron un
convenio de colaboración para implantar un sistema de información al consumidor.
II. Que el convenio ha sido prorrogado sucesivamente el 26 de noviembre de 2020 y
el 26 de noviembre de 2021, cuya vigencia expira el 31 de diciembre de 2022.
III. Que con fecha 27 de junio de 2022 el municipio de Valdelaguna formalizó su adhesión al convenio, mediante el procedimiento descrito en la cláusula tercera del mismo.
IV. Que las partes se encuentran satisfechas con los resultados alcanzados con la ejecución de dicho convenio, reconocen mutuamente su buen desarrollo y desean prorrogarlo
por un año más.
V. Que es precisa la modificación de determinados apartados de las cláusulas primera,
segunda, sexta, décima y el anexo I del convenio, con el fin de adecuarlos a las nuevas circunstancias generadas por la adhesión de nuevos municipios al convenio de colaboración.
VI. Que se mantienen las condiciones económicas previstas para la implantación de
un sistema de información al consumidor en los municipios firmantes y se actualiza su
imputación al presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
para el ejercicio 2023, contemplando el incremento en su cuantía debido a la adhesión del
municipio de Valdelaguna.
En atención a lo expuesto, las partes acuerdan formalizar la presente adenda con arreglo a las siguientes