Parla (BOCM-20230103-85)
Organización y funcionamiento. Ordenanza terrazas y veladores
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE ENERO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 2

Art. 41. Autoridad competente.—La incoación y resolución de los procedimientos
sancionadores corresponderá al órgano municipal competente de acuerdo con lo dispuesto
en las leyes y, en su caso, acuerdos o decretos de delegación.
Art. 42. Prescripción.—Los plazos de prescripción de las infracciones y sanciones
serán los previstos en la legislación general sobre procedimiento administrativo común.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Queda derogada la ordenanza reguladora de terrazas de veladores y quioscos de hostelería en Parla, aprobada por acuerdo plenario el día 13 de diciembre de 2011, así como
cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la misma.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID y una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de

BOCM-20230103-85

la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Parla, a 22 de diciembre de 2022.—El concejal-delegado del Área de Urbanismo, Actividades y Diversidad Funcional, Bruno Garrido Pascual.
(03/25.056/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791