Parla (BOCM-20230103-85)
Organización y funcionamiento. Ordenanza terrazas y veladores
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 2
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE ENERO DE 2023
Pág. 217
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
PARLA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno del Ayuntamiento de Parla, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de octubre de 2022, aprobó inicialmente la ordenanza reguladora de terrazas de veladores y quioscos de hostelería, habiéndose publicado el acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 259, de 31 de octubre de 2022.
La citada ordenanza ha sido aprobada de forma definitiva en el Pleno celebrado de forma extraordinaria y urgente el día 21 de diciembre de 2022, una vez resuelta la única alegación presentada, por lo que se procede a la publicación íntegra del texto de la ordenanza
reguladora de terrazas de veladores y quioscos de hostelería en los términos previstos en el
art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA REGULADORA DE TERRAZAS DE VELADORES Y QUIOSCOS
DE HOSTELERÍA DE PARLA
La ordenanza reguladora de las terrazas de veladores y quioscos de hostelería vigente,
aprobada definitivamente por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Parla de 13 de diciembre de 2011, vino a sustituir a la ordenanza reguladora aprobada el día 14 de julio
de 2009, fundamentalmente como consecuencia de la necesidad de adaptar la regulación
existente en esta materia a la normativa sobre accesibilidad en la vía pública y a la normativa medioambiental derivada de las limitaciones impuestas al consumo de tabaco en el interior de los establecimientos de hostelería.
El objetivo principal de la revisión de la ordenanza fue favorecer la instalación de terrazas de veladores velando por el respeto de los derechos de los viandantes, los consumidores, los vecinos y la seguridad de las instalaciones de hostelería.
Desde la entrada en vigor de la ordenanza de 2011, la actividad hostelera en las terrazas de velador ha ido aumentando, como se puede comprobar en las autorizaciones concedidas, hasta convertirse en un importante factor de impulso económico de la ciudad de Parla y un referente del ocio de sus vecinos.
La demanda de terrazas de velador se ha visto incrementada por un cambio radical en
los hábitos de ocio y de consumo a raíz de que se declarara la situación de pandemia por
COVID-19, como consecuencia de las restricciones a la estancia en recintos cerrados impuestas para hacer frente a la crisis sanitaria, que se ha traducido en la necesidad de trasladar las zonas de ocio al espacio público exterior.
La demanda de espacios de ocio adecuados en el exterior ha requerido a los titulares
de los locales de hostelería en Parla un esfuerzo de inversión para la mejora de la oferta de
las propias instalaciones incorporando elementos de confort, acondicionamiento y ornato
de las terrazas.
La adaptación de las terrazas existentes y las medidas de flexibilización adoptadas en
este ámbito por el Ayuntamiento de Parla durante la crisis sanitaria, permitiendo ocupar
plazas de aparcamiento y ampliar la superficie de ocupación en aquellos espacios donde resultaba posible, han generado paulatinamente una presión en el espacio público que debe
conciliarse con otros intereses.
Resulta necesario incluir en la regulación municipal las exigencias que impone la normativa sobre accesibilidad universal, la protección del espacio público y las mayores exigencias medioambientales, especialmente en materia de contaminación acústica y del derecho al descanso y a disponer de un espacio público ordenado y limpio.
También resulta necesario adaptar la ordenanza municipal a la regulación impuesta
por la Orden de 21 de abril de 2022, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de
la Comunidad de Madrid, por la que se establece el régimen relativo a los horarios de los
locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público.
BOCM-20230103-85
PREÁMBULO
B.O.C.M. Núm. 2
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE ENERO DE 2023
Pág. 217
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
PARLA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno del Ayuntamiento de Parla, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de octubre de 2022, aprobó inicialmente la ordenanza reguladora de terrazas de veladores y quioscos de hostelería, habiéndose publicado el acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 259, de 31 de octubre de 2022.
La citada ordenanza ha sido aprobada de forma definitiva en el Pleno celebrado de forma extraordinaria y urgente el día 21 de diciembre de 2022, una vez resuelta la única alegación presentada, por lo que se procede a la publicación íntegra del texto de la ordenanza
reguladora de terrazas de veladores y quioscos de hostelería en los términos previstos en el
art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA REGULADORA DE TERRAZAS DE VELADORES Y QUIOSCOS
DE HOSTELERÍA DE PARLA
La ordenanza reguladora de las terrazas de veladores y quioscos de hostelería vigente,
aprobada definitivamente por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Parla de 13 de diciembre de 2011, vino a sustituir a la ordenanza reguladora aprobada el día 14 de julio
de 2009, fundamentalmente como consecuencia de la necesidad de adaptar la regulación
existente en esta materia a la normativa sobre accesibilidad en la vía pública y a la normativa medioambiental derivada de las limitaciones impuestas al consumo de tabaco en el interior de los establecimientos de hostelería.
El objetivo principal de la revisión de la ordenanza fue favorecer la instalación de terrazas de veladores velando por el respeto de los derechos de los viandantes, los consumidores, los vecinos y la seguridad de las instalaciones de hostelería.
Desde la entrada en vigor de la ordenanza de 2011, la actividad hostelera en las terrazas de velador ha ido aumentando, como se puede comprobar en las autorizaciones concedidas, hasta convertirse en un importante factor de impulso económico de la ciudad de Parla y un referente del ocio de sus vecinos.
La demanda de terrazas de velador se ha visto incrementada por un cambio radical en
los hábitos de ocio y de consumo a raíz de que se declarara la situación de pandemia por
COVID-19, como consecuencia de las restricciones a la estancia en recintos cerrados impuestas para hacer frente a la crisis sanitaria, que se ha traducido en la necesidad de trasladar las zonas de ocio al espacio público exterior.
La demanda de espacios de ocio adecuados en el exterior ha requerido a los titulares
de los locales de hostelería en Parla un esfuerzo de inversión para la mejora de la oferta de
las propias instalaciones incorporando elementos de confort, acondicionamiento y ornato
de las terrazas.
La adaptación de las terrazas existentes y las medidas de flexibilización adoptadas en
este ámbito por el Ayuntamiento de Parla durante la crisis sanitaria, permitiendo ocupar
plazas de aparcamiento y ampliar la superficie de ocupación en aquellos espacios donde resultaba posible, han generado paulatinamente una presión en el espacio público que debe
conciliarse con otros intereses.
Resulta necesario incluir en la regulación municipal las exigencias que impone la normativa sobre accesibilidad universal, la protección del espacio público y las mayores exigencias medioambientales, especialmente en materia de contaminación acústica y del derecho al descanso y a disponer de un espacio público ordenado y limpio.
También resulta necesario adaptar la ordenanza municipal a la regulación impuesta
por la Orden de 21 de abril de 2022, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de
la Comunidad de Madrid, por la que se establece el régimen relativo a los horarios de los
locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público.
BOCM-20230103-85
PREÁMBULO