B) Autoridades y Personal - UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (BOCM-20230102-15)
Concurso cuerpos docentes – Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de funcionarios de carrera de los cuerpos docentes universitarios
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 1
LUNES 2 DE ENERO DE 2023
Pág. 119
Novena
Presentación de documentos
El candidato propuesto para la provisión de la plaza deberá presentar, en los 20 días siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en la Secretaría General de esta Universidad, o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados en el artículo 16.4 de la
LPACAP, Certificación emitida por la Administración de que dependa, acreditativa de su
condición de funcionario y de cuantas circunstancias consten en su Hoja de Servicios.
Décima
Nombramiento
10.1. El Rector nombrará al candidato propuesto por la Comisión de Valoración, una
vez presentada la documentación indicada en la base anterior. En caso de que el mismo no
presente en tiempo y forma la documentación requerida, el Rector declarará desierto el concurso de acceso por promoción interna.
10.2. El nombramiento será publicado en el “Boletín Oficial del Estado” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
10.3. En el plazo máximo de 20 días a contar desde el día siguiente a la publicación
del nombramiento en el “Boletín Oficial del Estado”, el candidato propuesto deberá tomar
posesión de la plaza.
10.4. La plaza obtenida deberá desempeñarse durante al menos dos años antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener plaza en otra universidad.
Undécima
Protección de Datos
Los datos personales que los concursantes faciliten mediante la presentación de sus
instancias se incorporarán al fichero de automatizado de Gestión de Recursos Humanos de
la Universidad de Alcalá, bajo la responsabilidad de Gerencia. Los datos de carácter personal serán tratados de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y se adoptarán las medidas de seguridad necesarias para garantizar la confidencialidad y la integridad de la información. Los derechos de acceso, de rectificación, de cancelación y de oposición podrán
ejercitarse ante la Secretaría General de la Universidad de Alcalá.
Duodécima
Recursos
BOCM-20230102-15
La presente Resolución agota la vía administrativa, y contra la misma, los interesados
podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su
publicación. No obstante, lo anterior, contra la presente Resolución los interesados podrán
interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad de Alcalá en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. No podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto no sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso de reposición, caso de haberse interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la LPACAP.
Alcalá de Henares, a 19 de diciembre de 2022.—El Rector, José Vicente Saz Pérez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 1
LUNES 2 DE ENERO DE 2023
Pág. 119
Novena
Presentación de documentos
El candidato propuesto para la provisión de la plaza deberá presentar, en los 20 días siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en la Secretaría General de esta Universidad, o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados en el artículo 16.4 de la
LPACAP, Certificación emitida por la Administración de que dependa, acreditativa de su
condición de funcionario y de cuantas circunstancias consten en su Hoja de Servicios.
Décima
Nombramiento
10.1. El Rector nombrará al candidato propuesto por la Comisión de Valoración, una
vez presentada la documentación indicada en la base anterior. En caso de que el mismo no
presente en tiempo y forma la documentación requerida, el Rector declarará desierto el concurso de acceso por promoción interna.
10.2. El nombramiento será publicado en el “Boletín Oficial del Estado” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
10.3. En el plazo máximo de 20 días a contar desde el día siguiente a la publicación
del nombramiento en el “Boletín Oficial del Estado”, el candidato propuesto deberá tomar
posesión de la plaza.
10.4. La plaza obtenida deberá desempeñarse durante al menos dos años antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener plaza en otra universidad.
Undécima
Protección de Datos
Los datos personales que los concursantes faciliten mediante la presentación de sus
instancias se incorporarán al fichero de automatizado de Gestión de Recursos Humanos de
la Universidad de Alcalá, bajo la responsabilidad de Gerencia. Los datos de carácter personal serán tratados de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y se adoptarán las medidas de seguridad necesarias para garantizar la confidencialidad y la integridad de la información. Los derechos de acceso, de rectificación, de cancelación y de oposición podrán
ejercitarse ante la Secretaría General de la Universidad de Alcalá.
Duodécima
Recursos
BOCM-20230102-15
La presente Resolución agota la vía administrativa, y contra la misma, los interesados
podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su
publicación. No obstante, lo anterior, contra la presente Resolución los interesados podrán
interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad de Alcalá en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. No podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto no sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso de reposición, caso de haberse interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la LPACAP.
Alcalá de Henares, a 19 de diciembre de 2022.—El Rector, José Vicente Saz Pérez.