C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221230-23)
Requisitos fiscalización previa –  Orden de 27 de diciembre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen los requisitos adicionales de la modalidad de fiscalización previa de requisitos esenciales de los expedientes de contratación, encargos a medios propios, convenios y prestaciones económicas en materia social y sanitaria
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 311

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 27 de diciembre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se establecen los requisitos adicionales de la modalidad de
fiscalización previa de requisitos esenciales de los expedientes de contratación,
encargos a medios propios, convenios y prestaciones económicas en materia
social y sanitaria.

La modalidad de control de fiscalización previa de requisitos esenciales de los expedientes se concreta en comprobar entre otros extremos, la competencia de los órganos intervinientes en la tramitación, el cumplimiento de los aspectos básicos de la normativa presupuestaria y de gestión económica y, la correcta conformación del expediente
administrativo, lo que garantiza el control previo de la tramitación de los expedientes.
Dicho control se complementa a posteriori bien mediante control financiero permanente a través de la elaboración de auditorías o bien mediante fiscalización plena de una
muestra significativa.
La intervención previa de requisitos esenciales es una modalidad de fiscalización ampliamente extendida entre todas las Administraciones Públicas, encontrándose completamente consolidada tanto en el ámbito de la Administración General del Estado como en la
mayoría de las Comunidades Autónomas.
Así en el ámbito de la Administración General del Estado, esta modalidad de intervención lleva implantada desde el año 2002 por Acuerdo de Consejo de Ministros de 1 de marzo del mismo año, que fue posteriormente modificado por el actualmente vigente Acuerdo
del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, por el que se da aplicación a la previsión
de los artículos 152 y 147 de la Ley General Presupuestaria, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos.
En el ámbito de las Comunidades Autónomas, está implantado de forma general en
Aragón, Principado de Asturias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Islas Baleares, La Rioja, Región de Murcia, y la Comunidad Valencia, y de
forma parcial en Andalucía, en el ámbito de prestaciones sociales y sanitarias.
En la Comunidad de Madrid, haciendo uso de la habilitación incluida en el artículo 85.2 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad
de Madrid, se aprobó el Decreto 62/2021, de 21 de abril, por el que se regula la modalidad
de intervención previa de requisitos esenciales en la Comunidad de Madrid.
En este Decreto 62/2021 se establece que la fiscalización previa de requisitos esenciales se realizará mediante la comprobación de los extremos incluidos en su artículo 2, estableciendo que la modalidad de fiscalización plena posterior será ejercida sobre una muestra representativa de los expedientes sometidos a fiscalización previa de requisitos
esenciales, con el fin de verificar que se ajustan a las disposiciones aplicables en cada caso,
y determinar el grado de cumplimiento de la legalidad.
El Decreto 62/2021 habilita al titular de la consejería competente en materia de Hacienda para establecer, mediante orden, la modalidad de fiscalización previa de requisitos
esenciales para los gastos y expedientes enumerados en el artículo 5.1 en los términos establecidos en el propio decreto, así como a establecer aspectos adicionales de control para
determinados tipos de expedientes que deberán ser verificados, por su trascendencia en el
proceso de gestión, previo informe de la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
De este modo, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, mediante el citado Decreto ha garantizado un modelo de control consolidado en las Administraciones públicas, que introduce un conjunto de mecanismos, instrumentos y decisiones de simplificación administrativa con el objetivo de gestionar la mayoría de los expedientes de gasto,
permaneciendo los gastos o expedientes de cuantía indeterminada y los que son competencia del Consejo de Gobierno, en la modalidad de fiscalización previa plena.
En aplicación de la normativa citada, mediante la Orden de la Consejería de Hacienda
y Función Pública de 29 de abril de 2021 por la que se establecen los requisitos adicionales de la modalidad de fiscalización previa de requisitos esenciales para los expedientes ad-

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