Pezuela de las Torres (BOCM-20221230-194)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 311

VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 965

— Título en ESO: 1,5 puntos.
— Bachiller/técnico medio: 2 puntos.
— Técnico superior/FP-II: 2,5 puntos.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados o no acreditados en plazo.
Los méritos relativos a los servicios prestados en la misma administración deberán alegarse con indicación de los periodos de prestación de servicios, lo que será comprobado por
el Departamento de Personal.
Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante copia auténtica del certificado expedido por el órgano correspondiente de la administración en cuestión.
Los méritos por cursos de formación y especialización realizados se acreditarán mediante copia auténtica de la titulación correspondiente.
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de la copia
auténtica de la titulación correspondiente.
Séptima. Calificación
A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les aplicará la puntuación
obtenida en la fase de concurso.
La puntuación final será aquella obtenida de aplicar el porcentaje establecido para la
fase de oposición más el porcentaje establecido para la fase de concurso.
El resultado de la suma de ambas fases, una vez realizadas las ponderaciones en cada
una de ellas, será la puntuación final.
Octava. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación
de aspirantes por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
( http://pezueladelastorres.sedelectronica.es ) así como en el Portal de la Transparencia del
Ayuntamiento de Pezuela de las Torres.
Las personas que no superen el proceso selectivo se incluirán en bolsas de personal
funcionario interino o de personal laboral temporal específicas.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de 20
días hábiles desde que se publican en el Boletín Oficial de la CAM y en la sede electrónica
de este Ayuntamiento ( http://pezueladelastorres.sedelectronica.es ) así como en el Portal
de la Transparencia del Ayuntamiento de Pezuela de las Torres, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, siempre que
no obren en poder de la Administración o que no se hubiere permitido su consulta en la presentación de la solicitud del proceso selectivo:

Transcurrido el plazo de presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en esta convocatoria, la Junta de Gobierno local elevará a
definitivas las propuestas realizadas por el tribunal de selección y nombrará personal laboral fijo a los aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de dichos requisitos y determinará el plazo para la toma de posesión en los correspondientes destinos. Los nombramientos deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen
la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Respecto de los aspirantes nombrados, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la
condición de empleado público.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica
de los contratos celebrados.

BOCM-20221230-194

a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo
de la nacionalidad en vigor.