Ciempozuelos (BOCM-20221230-100)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 666
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
ciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral , en el que
hubieses sido separado o inhabilitado.
Quien, previo requerimiento y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la documentación se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en las presentes bases y normativa de aplicación, no podrá ser nombrado personal laboral fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Los que tuvieran la condición de empleados públicos estarán exentos de justificar las
condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento/contratación, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
En el caso de que el candidato al que correspondiese el nombramiento como personal
laboral fijo no fuera nombrado, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, podrá nombrarse al siguiente candidato, por estricto orden de prelación, que hubiera
superado el proceso de selección.
Igualmente, el citado listado podrá ser utilizado para futuras contrataciones de carácter interino, ya que se constituirá una Bolsa de Empleo Temporal con los aspirantes aprobados que no hayan obtenido plaza.
Tras el trámite anterior la Alcaldía-Presidencia resolverá el nombramiento. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días naturales desde la publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID El aspirante que no tomara posesión de su cargo en el plazo señalado, sin causa justificada, decaerá
en todo derecho que pudiera haber adquirido.
Novena. Recursos
Las presentes Bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus Bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo
al contencioso-administrativo, que se podrá interponer en el plazo de dos meses ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado.
1. La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos personales aportados sean objeto de publicación en el Tablón de anuncios físico de la
Casa Consistorial y en el alojado en la Sede Electrónica municipal cuando así lo requiera la
tramitación del procedimiento.
2. Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser
objeto de publicación son el nombre, apellidos y el número de DNI o documento equivalente, de acuerdo a la aplicación de lo establecido en el primer párrafo del apartado primero de la disposición adicional séptima “identificación de los interesados en las notificaciones por medio de anuncios y publicaciones de actos administrativos” de la Ley Orgánica
3/2018, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales.
3. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado
por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por el
Ayuntamiento de Ciempozuelos para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su
cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
BOCM-20221230-100
Décima. Datos de carácter personal
Pág. 666
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
ciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral , en el que
hubieses sido separado o inhabilitado.
Quien, previo requerimiento y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la documentación se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en las presentes bases y normativa de aplicación, no podrá ser nombrado personal laboral fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Los que tuvieran la condición de empleados públicos estarán exentos de justificar las
condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento/contratación, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
En el caso de que el candidato al que correspondiese el nombramiento como personal
laboral fijo no fuera nombrado, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, podrá nombrarse al siguiente candidato, por estricto orden de prelación, que hubiera
superado el proceso de selección.
Igualmente, el citado listado podrá ser utilizado para futuras contrataciones de carácter interino, ya que se constituirá una Bolsa de Empleo Temporal con los aspirantes aprobados que no hayan obtenido plaza.
Tras el trámite anterior la Alcaldía-Presidencia resolverá el nombramiento. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días naturales desde la publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID El aspirante que no tomara posesión de su cargo en el plazo señalado, sin causa justificada, decaerá
en todo derecho que pudiera haber adquirido.
Novena. Recursos
Las presentes Bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus Bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo
al contencioso-administrativo, que se podrá interponer en el plazo de dos meses ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado.
1. La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos personales aportados sean objeto de publicación en el Tablón de anuncios físico de la
Casa Consistorial y en el alojado en la Sede Electrónica municipal cuando así lo requiera la
tramitación del procedimiento.
2. Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser
objeto de publicación son el nombre, apellidos y el número de DNI o documento equivalente, de acuerdo a la aplicación de lo establecido en el primer párrafo del apartado primero de la disposición adicional séptima “identificación de los interesados en las notificaciones por medio de anuncios y publicaciones de actos administrativos” de la Ley Orgánica
3/2018, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales.
3. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado
por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por el
Ayuntamiento de Ciempozuelos para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su
cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
BOCM-20221230-100
Décima. Datos de carácter personal