Ciempozuelos (BOCM-20221230-104)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
poral de forma que permita cubrir las necesidades temporales que puedan presentarse por
motivo de vacantes, sustituciones transitorias de bajas, licencias reglamentarias o acumulación de tareas por el tiempo establecido temporalmente.
Las presentes bases se publicarán íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal
( www.ayto-ciempozuelos.org ). El resto de publicaciones, notificaciones que se produzcan
en el procedimiento se harán mediante la publicación en el tablón de anuncios físico de la Casa
Consistorial y en el alojado en la Sede Electrónica Municipal ( sede.ayto-ciempozuelos.org ).
La Bolsa de Trabajo que se forme en virtud del presente procedimiento de selección
permanecerá vigente en tanto no se forme una nueva bolsa de trabajo que la deje sin efectos y durante el tiempo que la legislación vigente dispone. Asimismo, esta nueva Bolsa de
Empleo anula las anteriores si las hubiera.
Segunda. Requisitos de los aspirantes
Para ser admitido a la realización de estas pruebas, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
— Ser español o ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea, en los términos de la RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público. También podrán participar
quienes no siendo españoles/as o nacionales de un estado miembro de la Unión
Europea, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titular de documento que les habilite para residir y poder acceder sin limitaciones al mercado laboral, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y
Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, modificado por la
Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, y en el reglamento de ejecución de la Ley
Orgánica 4/2000.
— Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
— Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
— No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado,
de la Administración Local, Autonómica o General del Estado ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
— Titulación: estar en posesión del título de Bachiller o Técnico, o sus equivalencias,
o estar en condiciones de obtenerlo en el momento de finalización del plazo de
presentación de instancias, en cada caso. Los aspirantes que aleguen estudios
equivalentes a los exigidos habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por
el organismo competente en materia de homologación de títulos académicos, que
acredite la citada equivalencia. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que deberán acreditar,
serán admitidas a las pruebas selectivas en igualdad de condiciones que el resto de personas aspirantes, siempre que sus limitaciones no sean incompatibles con el normal desempeño de las funciones o tareas correspondientes al puesto convocado. Se realizarán las
adaptaciones posibles de tiempos y medios en las pruebas selectivas, si las personas interesadas lo señalan en la solicitud de participación.
Los interesados deberán realizar la petición al solicitar la participación en la convocatoria y también deberán aportar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, que acredite de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal
pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha que termine el plazo de
presentación de solicitudes y gozar de ellos durante todo el procedimiento de selección,
hasta el momento del nombramiento.
Tercera. Régimen de incompatibilidades
Los aspirantes que resulten propuestos quedarán sometidos, desde el momento de su
contratación, al régimen de incompatibilidades vigente, y no podrán simultanear el desempeño de aquellas con el de cualquier otra plaza, cargo o empleo remunerado con fondos de
BOCM-20221230-104
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
poral de forma que permita cubrir las necesidades temporales que puedan presentarse por
motivo de vacantes, sustituciones transitorias de bajas, licencias reglamentarias o acumulación de tareas por el tiempo establecido temporalmente.
Las presentes bases se publicarán íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal
( www.ayto-ciempozuelos.org ). El resto de publicaciones, notificaciones que se produzcan
en el procedimiento se harán mediante la publicación en el tablón de anuncios físico de la Casa
Consistorial y en el alojado en la Sede Electrónica Municipal ( sede.ayto-ciempozuelos.org ).
La Bolsa de Trabajo que se forme en virtud del presente procedimiento de selección
permanecerá vigente en tanto no se forme una nueva bolsa de trabajo que la deje sin efectos y durante el tiempo que la legislación vigente dispone. Asimismo, esta nueva Bolsa de
Empleo anula las anteriores si las hubiera.
Segunda. Requisitos de los aspirantes
Para ser admitido a la realización de estas pruebas, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
— Ser español o ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea, en los términos de la RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público. También podrán participar
quienes no siendo españoles/as o nacionales de un estado miembro de la Unión
Europea, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titular de documento que les habilite para residir y poder acceder sin limitaciones al mercado laboral, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y
Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, modificado por la
Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, y en el reglamento de ejecución de la Ley
Orgánica 4/2000.
— Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
— Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
— No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado,
de la Administración Local, Autonómica o General del Estado ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
— Titulación: estar en posesión del título de Bachiller o Técnico, o sus equivalencias,
o estar en condiciones de obtenerlo en el momento de finalización del plazo de
presentación de instancias, en cada caso. Los aspirantes que aleguen estudios
equivalentes a los exigidos habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por
el organismo competente en materia de homologación de títulos académicos, que
acredite la citada equivalencia. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que deberán acreditar,
serán admitidas a las pruebas selectivas en igualdad de condiciones que el resto de personas aspirantes, siempre que sus limitaciones no sean incompatibles con el normal desempeño de las funciones o tareas correspondientes al puesto convocado. Se realizarán las
adaptaciones posibles de tiempos y medios en las pruebas selectivas, si las personas interesadas lo señalan en la solicitud de participación.
Los interesados deberán realizar la petición al solicitar la participación en la convocatoria y también deberán aportar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, que acredite de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal
pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha que termine el plazo de
presentación de solicitudes y gozar de ellos durante todo el procedimiento de selección,
hasta el momento del nombramiento.
Tercera. Régimen de incompatibilidades
Los aspirantes que resulten propuestos quedarán sometidos, desde el momento de su
contratación, al régimen de incompatibilidades vigente, y no podrán simultanear el desempeño de aquellas con el de cualquier otra plaza, cargo o empleo remunerado con fondos de
BOCM-20221230-104
Pág. 696
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID