Batres (BOCM-20221230-77)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias
de las personas aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por las
mismas se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, antes de su nombramiento o
toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a los propuestos para su posible contratación.
12. Presentación de documentos
12.1. En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que
se hiciera pública la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, las personas propuestas aportarán en la Departamento de Recursos Humanos los documentos que a continuación se relacionan:
a) Fotocopia y original del documento nacional de identidad o, en su caso, del pasaporte o de cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se presente habrá de encontrarse en vigor.
b) Fotocopia y original del título exigido en las bases específicas, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios
para la expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso al puesto de trabajo correspondiente. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en
situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
d) Documentación original acreditativa de los méritos alegados y los restantes requisitos que, en su caso, pudieran exigirse en cada base específica.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado, quienes dentro del plazo indicado en las presente bases, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o
del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por
las mismas, no podrán ser contratados como persona laboral fijo, quedando anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
13. Adjudicación de destinos
La adjudicación de puestos de trabajo de personal laboral fijo se efectuará de acuerdo
con las peticiones de las personas interesadas entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo, teniendo preferencia por optar cada una de
las personas aspirantes al puesto que desempeñe con carácter previo en el Ayuntamiento de
Batres, en caso de que obtengan plaza en el proceso selectivo.
14. Contratación de personal laboral fijo
Concluidos los procesos selectivos para cubrir plazas de personal laboral fijo, las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán contratados como personal laboral fijo previa resolución de la Alcaldía-Presidencia, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación del destino adjudicado.
Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía-Presidencia resolverá la contratación. Las personas aspirantes seleccionadas deberán formalizar su contrato en
el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la notificación de la resolución
de contratación.
BOCM-20221230-77
Pág. 478
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias
de las personas aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por las
mismas se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, antes de su nombramiento o
toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a los propuestos para su posible contratación.
12. Presentación de documentos
12.1. En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que
se hiciera pública la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, las personas propuestas aportarán en la Departamento de Recursos Humanos los documentos que a continuación se relacionan:
a) Fotocopia y original del documento nacional de identidad o, en su caso, del pasaporte o de cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se presente habrá de encontrarse en vigor.
b) Fotocopia y original del título exigido en las bases específicas, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios
para la expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso al puesto de trabajo correspondiente. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en
situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
d) Documentación original acreditativa de los méritos alegados y los restantes requisitos que, en su caso, pudieran exigirse en cada base específica.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado, quienes dentro del plazo indicado en las presente bases, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o
del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por
las mismas, no podrán ser contratados como persona laboral fijo, quedando anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
13. Adjudicación de destinos
La adjudicación de puestos de trabajo de personal laboral fijo se efectuará de acuerdo
con las peticiones de las personas interesadas entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo, teniendo preferencia por optar cada una de
las personas aspirantes al puesto que desempeñe con carácter previo en el Ayuntamiento de
Batres, en caso de que obtengan plaza en el proceso selectivo.
14. Contratación de personal laboral fijo
Concluidos los procesos selectivos para cubrir plazas de personal laboral fijo, las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán contratados como personal laboral fijo previa resolución de la Alcaldía-Presidencia, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación del destino adjudicado.
Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía-Presidencia resolverá la contratación. Las personas aspirantes seleccionadas deberán formalizar su contrato en
el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la notificación de la resolución
de contratación.
BOCM-20221230-77
Pág. 478
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID