B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221230-8)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 311

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

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8. Presentación de documentación
8.1. Quienes figuren en la relación definitiva de personas aprobadas, en el plazo de
diez días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el “Boletín Oficial del Estado” y Diarios Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas, presentarán en el Registro General del Ministerio de Justicia (C/ Bolsa, n.o 8, 28071 Madrid)
por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Proce-

BOCM-20221230-8

Las personas aspirantes podrán optar por realizar la prueba, por documentar el conocimiento de la lengua oficial o por acogerse a ambos sistemas. En este último caso, la puntuación otorgada será la más alta que en su caso corresponda, sin que pueda ser acumulativa.
7.6. En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
haya presentado por este cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero no
obtuviera plaza, y su puntuación final fuera superior a la obtenida por los aspirantes del sistema general, será incluida por su orden de puntuación en el mismo.
7.7. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal elevará al Ministerio de Justicia propuesta con la relación de personas que superan el proceso selectivo, en cada ámbito territorial, cuyo número no podrá exceder el de plazas convocadas, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” y en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se
convoquen plazas, con indicación del número de orden, apellidos y nombre, DNI, puntuación obtenida en cada una de las fases en el proceso selectivo y la puntuación total.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación, se entenderá que
no han superado el proceso selectivo y no podrán ser nombradas personal funcionario de
carrera en este proceso.
No obstante, si en alguno de los ámbitos territoriales no se hubiesen cubierto todas las
plazas ofertadas, el Ministerio de Justicia, coordinadamente con el Tribunal Calificador
Único, procederá a ofertar tales plazas vacantes, por ese o esos concretos ámbitos, a aspirantes de otros ámbitos que, no habiendo superado el proceso selectivo, pero sí los ejercicios de la oposición, tengan la mayor puntuación. Así, se ordenarán estas personas aspirantes de mayor a menor puntación procediendo a ofertarles las plazas vacantes, pudiendo
optar estas personas por las de uno u otros ámbitos territoriales, si es que existen vacantes
en más de un territorio, aunque deberá ejercitarse esta opción dentro del mismo turno –general o personas con discapacidad– por el que se hayan presentado, sin perjuicio del derecho reconocido a las personas con discapacidad en la base 7.6.
En estos casos, la persona aspirante que supere el proceso selectivo por esta vía, ocupará el puesto inmediatamente posterior a la última de las personas aprobadas por el ámbito al que se ha incorporado, procedente desde aquel otro en el que no había superado el proceso dado lo limitado de las plazas.
Las personas opositoras afectadas que cambien a alguno de los ámbitos territoriales
que tengan establecida la valoración de lengua oficial propia o Derecho civil vasco serán
convocadas, en su caso, sí así lo solicitan, a la realización de la correspondiente prueba optativa o les será incorporada la puntuación que corresponda a la acreditación documental
que hubieran aportado, previo requerimiento al efecto en el plazo de cinco días hábiles.
7.8. Efectuados, en su caso, estas coberturas de plazas vacantes en algún ámbito territorial con aspirantes de otros ámbitos, se procederá ya conforme a lo anteriormente indicado, a la publicación en los diarios oficiales con indicación del número de orden, apellidos y
nombre, DNI, puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios, y total de todos los ejercicios obligatorios y, en su caso, mención de que pese a la nota se ocupa el último o últimos
puestos consecuencia de esta base.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación, se entenderá que
no han superado el proceso selectivo y no podrán ser nombradas personal funcionario de
carrera en este proceso.
7.9. Como medida de agilización de los procesos selectivos, se llevarán a cabo de
forma simultánea la realización de las pruebas o baremación del conocimiento de las lenguas oficiales propias y del Derecho Civil Vasco y la oferta de destinos disponibles por el
Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencias en la materia.
De este modo, una vez finalizadas dichas pruebas, se procederá a nueva publicación
en los respectivos ámbitos territoriales de la nota total que se había obtenido en el proceso
selectivo y junto a ella, pero separada, la puntuación obtenida en la lengua oficial propia y
en el Derecho foral del ámbito territorial por el que concurrían las personas aspirantes y la
suma final de ambas que será la que determine el orden obtenido en el proceso selectivo, en
ese ámbito territorial.