B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221230-8)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
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BOCM

VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 311

No obstante, si el mejor desarrollo del proceso selectivo lo demandase, podrán constituirse nuevos Tribunales en otros ámbitos, lo que se publicará en la preceptiva Orden
Ministerial.
6.7. La Secretaría de Estado de Justicia podrá proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal Calificador único y en su caso de los Tribunales Delegados, conforme a lo
previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
7. Desarrollo del proceso selectivo
7.1. Duración del proceso selectivo. El primer ejercicio se realizará dentro de los cuatro meses siguientes a la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
La fase única de oposición tendrá una duración máxima de tres meses desde la realización del ejercicio, salvo que concurra causa objetiva que lo justifique, apreciada por la
Secretaría de Estado de Justicia, oído el Tribunal Calificador Único.
7.2. Fase única de oposición. Los ejercicios de la oposición, se detallan en el
Anexo III.a) para el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa), IV.a) para el Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa y V.a) para el Cuerpo de Auxilio Judicial, tendrán
lugar, para cada uno de los Cuerpos, el mismo día y a la misma hora en todas las sedes de
examen, y se realizará dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la publicación de la
Resolución por la que se eleva a definitiva la relación de personas admitidas y excluidas,
publicándose en el “Boletín Oficial del Estado” la fecha, hora y lugares de su celebración.
Finalizados cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal Calificador único
hará públicas en la página web del Ministerio de Justicia ( www.mjusticia.gob.es ) y páginas web de las Comunidades Autónomas, las relaciones de opositores y opositoras de cada
ámbito territorial que hayan alcanzado el mínimo establecido que se haya considerado para
superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no aptas, quedando
eliminadas del proceso selectivo.
No obstante, el Tribunal Calificador único también publicará separadamente los listados anonimizados de las personas aspirantes consideradas “no aptas”, con su calificación
correspondiente.
7.3. Embarazo de riesgo y parto, enfermedad grave y hospitalización. Si no se pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo, parto, enfermedad grave,
hospitalización o cualquier otra circunstancia de carácter excepcional, debidamente acreditados, deberá comunicarlo al Tribunal con suficiente antelación, y en todo caso con anterioridad a la realización del ejercicio, de modo que sean valorados por el Tribunal Calificador Único y la persona aspirante pueda ser convocada con posterioridad, a través de la
página web.
La situación de la persona aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha
causa y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución
del proceso en tiempos razonables. En todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar
antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo,
realizándose un solo ejercicio común para todas estas situaciones.
7.4. La aprobación de la totalidad de los ejercicios de la oposición no implicará por
sí sola la superación del proceso selectivo que vendrá determinada por el número de plazas
convocadas en cada ámbito territorial.
7.5. Valoración del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco. Si así lo hubieran solicitado en su instancia, las
personas aspirantes comprendidas en la relación de personas aprobadas que concurran por
un ámbito territorial con lengua autonómica y derecho foral propios, serán emplazadas para
la realización del ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio, que acredite el conocimiento de los mismos.
Paralelamente, el Tribunal Delegado correspondiente procederá a la valoración de la documentación acreditativa del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco, que hubieren aportado las personas interesadas.
La puntuación obtenida, tanto del examen como de la documentación acreditativa, se
ajustará al baremo contenido en los Anexos III. b) para Gestión Procesal y Administrativa,
IV.b) para Tramitación Procesal y Administrativa y V. b) para Auxilio Judicial, y solo surtirá efectos para la adjudicación de destinos en la Comunidad Autónoma correspondiente.

BOCM-20221230-8

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID