D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221230-37)
Convenio – Convenio de colaboración de 3 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y el Ayuntamiento de Madrid, para la realización de actuaciones contra la violencia de género
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 406
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras
puedan derivarse responsabilidades de la ejecución del convenio.
b) Destruir los datos, siempre que no exista previsión legal que exija la
conservación de los datos, en cuyo caso no podrá procederse a su destrucción.
Una vez destruidos, el Encargado debe certificar su destrucción por escrito y
debe entregar el certificado al Responsable del tratamiento. No obstante, el
Encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados,
mientras puedan derivarse responsabilidades de su relación con el mismo,
destruyéndose de forma segura y definitiva al extinguirse cualquier posible
responsabilidad.
Undécima
Ejercicio de derechos ante el encargado de tratamiento (*)
El Encargado deberá dar traslado al Responsable de cualquier solicitud de ejercicio del
derecho de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento,
portabilidad de los datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas
automatizadas, efectuada por un interesado cuyos datos hayan sido tratados por el
Encargado con motivo del cumplimiento del convenio, a fin de que se resuelva en los
plazos establecidos por la normativa vigente.
El traslado de la solicitud al Responsable deberá hacerse con la mayor celeridad posible
y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud,
juntamente, en su caso, con la documentación y otras informaciones que puedan ser
relevantes para resolver la solicitud que obre en su poder.
BOCM-20221230-37
Asimismo, el Encargado deberá tramitar cualquier instrucción relativa a derechos de
acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad
de los datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, que reciba
a través del Responsable, a la mayor celeridad posible, y siempre dentro del plazo
máximo de dos días hábiles a contar desde la recepción de la solicitud, confirmando
por escrito tanto la recepción de la solicitud, como la ejecución de la tarea
encomendada.
Pág. 406
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 311
puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras
puedan derivarse responsabilidades de la ejecución del convenio.
b) Destruir los datos, siempre que no exista previsión legal que exija la
conservación de los datos, en cuyo caso no podrá procederse a su destrucción.
Una vez destruidos, el Encargado debe certificar su destrucción por escrito y
debe entregar el certificado al Responsable del tratamiento. No obstante, el
Encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados,
mientras puedan derivarse responsabilidades de su relación con el mismo,
destruyéndose de forma segura y definitiva al extinguirse cualquier posible
responsabilidad.
Undécima
Ejercicio de derechos ante el encargado de tratamiento (*)
El Encargado deberá dar traslado al Responsable de cualquier solicitud de ejercicio del
derecho de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento,
portabilidad de los datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas
automatizadas, efectuada por un interesado cuyos datos hayan sido tratados por el
Encargado con motivo del cumplimiento del convenio, a fin de que se resuelva en los
plazos establecidos por la normativa vigente.
El traslado de la solicitud al Responsable deberá hacerse con la mayor celeridad posible
y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud,
juntamente, en su caso, con la documentación y otras informaciones que puedan ser
relevantes para resolver la solicitud que obre en su poder.
BOCM-20221230-37
Asimismo, el Encargado deberá tramitar cualquier instrucción relativa a derechos de
acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad
de los datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, que reciba
a través del Responsable, a la mayor celeridad posible, y siempre dentro del plazo
máximo de dos días hábiles a contar desde la recepción de la solicitud, confirmando
por escrito tanto la recepción de la solicitud, como la ejecución de la tarea
encomendada.