D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221230-37)
Convenio –  Convenio de colaboración de 3 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y el Ayuntamiento de Madrid, para la realización de actuaciones contra la violencia de género
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 311

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

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Ambos informes recogen un conjunto de propuestas de actuación para los próximos
años entre las que se incluyen específicamente las principales reformas que deben acometerse para dar cumplimiento efectivo a ese fin, así como a las recomendaciones de los organismos internacionales, Naciones Unidas y Consejo de Europa.
En ellas, y dentro del ámbito competencial de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, cabe destacar las actuaciones en materia de prevención y sensibilización,
a través de la implementación de campañas y la elaboración y difusión de diversos materiales, el establecimiento de un sistema de acompañamiento y de ayuda a la toma de decisiones, con el fin de evitar la desprotección de la mujer y garantizar el derecho a la asistencia
integral; la promoción de unidades de apoyo en el ámbito local que, regidas por los principios de atención permanente, actuación urgente, especialización en las prestaciones y multidisciplinariedad profesional, ayuden a la identificación de las víctimas de violencia de género, mediante un seguimiento individualizado, para asegurar la necesaria ayuda y atajar
cualquier riesgo de desprotección; la mejora de la coordinación y cooperación interinstitucional y el establecimiento de protocolos integrales de actuación; medidas específicas para
sectores vulnerables, como las mujeres inmigrantes, las mujeres gitanas y otras etnias minoritarias, las mujeres mayores de 65 años, las que residen en zonas rurales, las mujeres con
discapacidad y las adolescentes, así como las dirigidas a los hijos e hijas menores de las mujeres víctimas, visualizando y atendiendo todas las formas de violencia contra las mujeres,
en particular, la violencia sexual y la trata de seres humanos con fines de explotación sexual.
Octavo
El 5 de agosto de 2018 entró en vigor el Real Decreto-Ley 9/2018, de 3 de agosto, de
medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género. En
su disposición final primera modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
de Régimen Local, añadiendo el párrafo o) al apartado 2 del artículo 25 de la citada Ley,
por el que se otorga a las entidades locales competencias en actuaciones en la promoción
de la igualdad entre hombres y mujeres así como contra la violencia de género, ya que se
trata de la Administración más cercana a la ciudadanía y, por ende, a las víctimas.

Por su parte, el Ayuntamiento de Madrid desde julio de 1999, momento en el que crea
su primer organismo con competencia específica en el desarrollo de políticas locales de
igualdad, el Área de Promoción de la Igualdad y Empleo, ha desarrollado en la ciudad dos
planes de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres y una Estrategia para la
Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.
El Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Familias Igualdad y
Bienestar Social, tiene en el marco de sus competencias la de dirigir, desarrollar y ejecutar
la política municipal en materia de prevención y atención frente a la violencia de género,
promoción de la igualdad y no discriminación por razón de sexo, así como la política de incorporación del principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en
toda la acción municipal, siendo la Dirección General de Políticas de Igualdad y contra la
Violencia de Género a quien corresponde desarrollarla y ejecutarla.
En materia de prevención y atención frente a la violencia de género, el Acuerdo de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, modificado por
Acuerdo de 4 de febrero de 2021, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, atribuye, entre otras, competencias específicas a la Dirección General de Promoción de la Igualdad y contra la Violencia de Género para “Dirigir, organizar y coordinar las redes de atención a mujeres víctimas de violencia de género en el ámbito de la pareja/expareja” y para
“coordinar las actuaciones de las redes de atención a mujeres víctimas de violencia de género, en todos sus ámbitos, con los recursos del Ayuntamiento de Madrid y de otras Administraciones Públicas, en materia de violencia de género”, todo ello con la finalidad de promover el derecho de mujeres y niñas a una vida libre de violencia machista que permita el
acompañamiento y dar una respuesta integral a todas las víctimas de violencia de género en
el ámbito de la pareja/expareja.
Asimismo, el 27 de noviembre de 2019, el Pleno de la ciudad de Madrid aprobó veintiuna medidas prioritarias para erradicar la violencia contra las mujeres, distribuidas en cuatro grandes objetivos: sensibilización y prevención, detección y atención, fomento de la
autonomía socioeconómica de las víctimas y coordinación de recursos municipales, autonómicos y nacionales. En este ámbito, destacar la medida 16 consistente en: “Proponer la

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