D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221230-37)
Convenio –  Convenio de colaboración de 3 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y el Ayuntamiento de Madrid, para la realización de actuaciones contra la violencia de género
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BOCM

VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 311

tratamiento, salvo que el Derecho aplicable lo prohíba por razones importantes
de interés público.
- Adoptar y aplicar las medidas de seguridad estipuladas en el artículo 32 del
RGPD, y en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el
Esquema Nacional de Seguridad (ENS), que garanticen la seguridad de los datos
de carácter personal responsabilidad del Responsable y eviten su alteración,
pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la
tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén
expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
- Garantizar, a lo largo de toda la vigencia del convenio, la formación necesaria
en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para
tratar datos personales.
- En caso de estar obligado a ello por el artículo 30 del RGPD y 31 de la
LOPDGDD, el Encargado mantendrá un registro, incluso en formato
electrónico, de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por
cuenta del Responsable, que contenga la información exigida por el artículo
30.2 del RGPD.
- Asistir al Responsable del tratamiento, teniendo en cuenta la naturaleza del
tratamiento, a través de medidas técnicas y organizativas apropiadas, para que
este pueda cumplir con su obligación de responder a las solicitudes que tengan
por objeto el ejercicio de los derechos de los interesados en los términos
dispuestos en la cláusula undécima del presente acuerdo, y le ayudará a
garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 32
a 36 del RGPD, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la
información a disposición del Encargado.
- Colaborar con el Responsable en el cumplimiento de sus obligaciones en
materia de medidas de seguridad, comunicación y/o notificación de brechas
(logradas e intentadas) de medidas de seguridad a las autoridades competentes
o los interesados, y colaborar en la realización de evaluaciones de impacto
relativas a la protección de datos personales y consultas previas al respecto a
las autoridades competentes cuando proceda, teniendo en cuenta la naturaleza
del tratamiento y la información de la que disponga, y de conformidad con las
disposiciones contenidas en la cláusula novena del presente acuerdo.
- Disponer de evidencias que demuestren su cumplimiento de la normativa de
protección de Datos Personales y del deber de responsabilidad activa, como, a
título de ejemplo, certificados previos sobre el grado de cumplimiento o
resultados de auditorías, que habrá de poner a disposición del Responsable, a
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID