D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221230-37)
Convenio –  Convenio de colaboración de 3 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y el Ayuntamiento de Madrid, para la realización de actuaciones contra la violencia de género
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BOCM

VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022

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- Facilitar, en el momento de la recogida de los datos, la información relativa a
los tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que
se facilitará la información se debe consensuar con el Responsable antes del
inicio de la recogida de los datos.
- Asumir la condición de Responsable del tratamiento en caso de que destine los
datos a otra finalidad distinta del cumplimiento del objeto del convenio, los
comunique o los utilice incumpliendo sus estipulaciones o las obligaciones de
la normativa vigente, respondiendo de las infracciones en las que hubiera
incurrido personalmente.
- No permitir el acceso a los datos de carácter personal responsabilidad del
Responsable a ningún empleado o persona que no tenga la necesidad de
conocerlos para el desarrollo y correcto cumplimiento del objeto del convenio
suscrito.
- No revelar, transferir, ceder o de otra forma comunicar los datos de carácter
personal responsabilidad del Responsable, ya sea verbalmente o por escrito, por
medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su
conservación, a ningún tercero, salvo que exista autorización o instrucción
previa del Responsable, que deberá constar, en todo caso, por escrito.
A estos efectos, el Encargado podrá comunicar los datos a otros Encargados del
tratamiento del mismo Responsable, de acuerdo con las instrucciones de dicho
Responsable. En este caso, el Responsable identificará, de forma previa y por
escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos concretos a
comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la
comunicación.
- Tratar los datos personales dentro del Espacio Económico Europeo u otro
espacio considerado por la normativa aplicable como de seguridad equivalente,
no tratándolos fuera de este espacio ni directamente ni a través de
subencargado/s autorizado/s conforme a lo establecido en el convenio suscrito
o demás documentos convencionales que pudieran adicionarse o
complementar al mismo, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho
de la Unión o del Estado miembro que le resulte de aplicación.
En el caso de que por causa de Derecho nacional o de la Unión Europea el
Encargado se vea obligado a llevar a cabo alguna transferencia internacional de
datos, informará por escrito al Responsable de esa exigencia legal, con
antelación suficiente a efectuar el tratamiento, y garantizará el cumplimiento de
cualesquiera requisitos legales que sean aplicables al Responsable del
BOCM-20221230-37

B.O.C.M. Núm. 311

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID