A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221230-1)
Autorización centro universitario – Decreto 133/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza el inicio de actividades de la universidad privada Universidad de Diseño, Innovación y Tecnología (UDIT) y se aprueban sus normas de organización y funcionamiento
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 311
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 33
SECCIÓN 6.a
Decanos/as o Directores
Artículo 39
Naturaleza
1. El Decano/a de la Facultad o Director de Escuela es el máximo responsable académico de la Facultad, siendo nombrado/a y removido/ra por el Órgano de Administración
a propuesta del Rector/a.
2. El Decano/a de la Facultad ejerce las funciones de dirección y gestión ordinaria
en su Centro.
Artículo 40
Competencias
Corresponde al Decano/a de Facultad o Director de Escuela las siguientes funciones:
a) Ser el responsable del buen funcionamiento de su centro, así como del cumplimiento de las funciones asignadas a los Directores/as de Departamento, dependientes de él.
b) Representar a la Facultad o a la Escuela, con el conocimiento del Rector/a.
c) Ejercer las funciones de dirección y gestión ordinaria de la Facultad.
d) Velar por el cumplimiento de las normas, acuerdos y resoluciones del Órgano de
Administración de la Universidad y de los Órganos Unipersonales de la misma.
e) Impulsar en coordinación con los Vicerrectores/as, la carrera del personal docente
e investigador, la calidad docente y la actividad investigadora.
f) Colaborar con los restantes Centros y Órganos de la Universidad en el desempeño
de sus competencias.
g) Convocar y Presidir la Junta de Facultad o Escuela.
h) Velar por el cumplimiento de los presupuestos de la Facultad o Escuela y garantizar el buen uso de las instalaciones e infraestructura de las mismas.
i) Cualquier otra función establecida en las presentes Normas de Organización y
Funcionamiento o en los reglamentos de la Universidad.
SECCIÓN 7.a
Director/a de la Escuela de Postgrado
Artículo 41
Naturaleza
1. Es el máximo/a responsable académico de la Escuela de Posgrado, siendo nombrado/a y removido/a por el Órgano de Administración, entre profesores doctores.
2. El Director/a de la Escuela ejerce las funciones de dirección y gestión ordinaria en
su Centro.
Artículo 42
Corresponde al Director/a de la Escuela las siguientes funciones:
1. Ser el responsable del buen funcionamiento de la Escuela, así como del cumplimiento de las funciones asignadas a los Directores/as de los Títulos que dependen de él.
2. Representar a la Escuela, con el conocimiento del Rector/a.
3. Impulsar el desarrollo universitario, en el área de Postgrado, la formación continua y online, así como la vinculación con el tejido empresarial y productivo.
BOCM-20221230-1
Competencias
B.O.C.M. Núm. 311
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 33
SECCIÓN 6.a
Decanos/as o Directores
Artículo 39
Naturaleza
1. El Decano/a de la Facultad o Director de Escuela es el máximo responsable académico de la Facultad, siendo nombrado/a y removido/ra por el Órgano de Administración
a propuesta del Rector/a.
2. El Decano/a de la Facultad ejerce las funciones de dirección y gestión ordinaria
en su Centro.
Artículo 40
Competencias
Corresponde al Decano/a de Facultad o Director de Escuela las siguientes funciones:
a) Ser el responsable del buen funcionamiento de su centro, así como del cumplimiento de las funciones asignadas a los Directores/as de Departamento, dependientes de él.
b) Representar a la Facultad o a la Escuela, con el conocimiento del Rector/a.
c) Ejercer las funciones de dirección y gestión ordinaria de la Facultad.
d) Velar por el cumplimiento de las normas, acuerdos y resoluciones del Órgano de
Administración de la Universidad y de los Órganos Unipersonales de la misma.
e) Impulsar en coordinación con los Vicerrectores/as, la carrera del personal docente
e investigador, la calidad docente y la actividad investigadora.
f) Colaborar con los restantes Centros y Órganos de la Universidad en el desempeño
de sus competencias.
g) Convocar y Presidir la Junta de Facultad o Escuela.
h) Velar por el cumplimiento de los presupuestos de la Facultad o Escuela y garantizar el buen uso de las instalaciones e infraestructura de las mismas.
i) Cualquier otra función establecida en las presentes Normas de Organización y
Funcionamiento o en los reglamentos de la Universidad.
SECCIÓN 7.a
Director/a de la Escuela de Postgrado
Artículo 41
Naturaleza
1. Es el máximo/a responsable académico de la Escuela de Posgrado, siendo nombrado/a y removido/a por el Órgano de Administración, entre profesores doctores.
2. El Director/a de la Escuela ejerce las funciones de dirección y gestión ordinaria en
su Centro.
Artículo 42
Corresponde al Director/a de la Escuela las siguientes funciones:
1. Ser el responsable del buen funcionamiento de la Escuela, así como del cumplimiento de las funciones asignadas a los Directores/as de los Títulos que dependen de él.
2. Representar a la Escuela, con el conocimiento del Rector/a.
3. Impulsar el desarrollo universitario, en el área de Postgrado, la formación continua y online, así como la vinculación con el tejido empresarial y productivo.
BOCM-20221230-1
Competencias