Mancomunidad Intermunicipal de Servicios El Alberche (BOCM-20221229-103)
Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 310
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 635
su contrato en el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la notificación de
la resolución de contratación.
11. Constitución y funcionamiento de la bolsa de empleo
Asimismo, una vez finalizado el proceso selectivo y efectuada la adjudicación del destino, se formará una “bolsa” para el personal laboral con aquellas personas aspirantes que,
cumpliendo los requisitos exigidos en la convocatoria y habiendo alcanzado una puntuación mínima de 50 puntos pueda, por tanto, acreditarse un nivel mínimo suficiente para el
desempeño de las funciones correspondientes del puesto concreto, ordenados según la puntuación obtenida en el proceso de conformidad con los criterios incluidos en la Base 6.a de
las presentes.
Las personas aspirantes que no deseen formar parte de las listas de espera deberán presentar escrito de renuncia ante esta Mancomunidad.
Los posibles empates en la puntuación de las personas aspirantes que hayan de formar
parte de dicha lista de espera serán dirimidos antes de la publicación del listado, atendiendo al orden alfabético de conformidad con la letra que se determine en el sorteo público
anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se refiere
el artículo 17 del Real Decreto 364/1995 por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de las Administración del Estado, que se publicará en el
“Boletín Oficial del Estado”.
La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del contrato,
no darán lugar a la exclusión de la “bolsa”, pero ocasionará un cambio de lugar del puesto,
dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la “bolsa”.
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento dentro de la “bolsa”:
— Estar en situación de ocupado/a, prestando servicios en la propia Mancomunidad
como personal contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario/a interino/a.
— Estar en situación de suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención
quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada por facultativo/a que exija la lactancia
natural de menores de nueve meses. La acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de
lista en las “bolsa” de trabajo en que se encontrará la persona afectada.
— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
En ningún caso formarán parte de la bolsa las personas aspirantes a los que el Tribunal
de selección anule por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación
en la presente convocatoria.
La bolsa resultante de cada proceso selectivo permanecerá en vigor hasta la aprobación de una nueva bolsa resultante de una convocatoria posterior, y dejará sin vigencia las
listas derivadas de procesos anteriores. En el caso de que una “Bolsa” generada para un proceso selectivo se agotase, quedará activada automáticamente la última que estuviese vigente con anterioridad.
12. Datos de carácter personal
13. Régimen de incompatibilidades
Las personas aspirantes que resulten nombradas para estas plazas quedarán sometidas
desde el momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades contenido en
la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de
las Administraciones Públicas y demás normativa aplicable, y no podrán simultanear el desempeño de aquellas con el de cualesquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con
fondos de la Mancomunidad de Servicios “El Alberche”, del Estado, de las Comunidades
BOCM-20221229-103
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID así como en la sede electrónica y en el tablón de
edictos de esta Mancomunidad cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad
o documento equivalente, en la forma prevista legalmente.
B.O.C.M. Núm. 310
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 635
su contrato en el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la notificación de
la resolución de contratación.
11. Constitución y funcionamiento de la bolsa de empleo
Asimismo, una vez finalizado el proceso selectivo y efectuada la adjudicación del destino, se formará una “bolsa” para el personal laboral con aquellas personas aspirantes que,
cumpliendo los requisitos exigidos en la convocatoria y habiendo alcanzado una puntuación mínima de 50 puntos pueda, por tanto, acreditarse un nivel mínimo suficiente para el
desempeño de las funciones correspondientes del puesto concreto, ordenados según la puntuación obtenida en el proceso de conformidad con los criterios incluidos en la Base 6.a de
las presentes.
Las personas aspirantes que no deseen formar parte de las listas de espera deberán presentar escrito de renuncia ante esta Mancomunidad.
Los posibles empates en la puntuación de las personas aspirantes que hayan de formar
parte de dicha lista de espera serán dirimidos antes de la publicación del listado, atendiendo al orden alfabético de conformidad con la letra que se determine en el sorteo público
anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se refiere
el artículo 17 del Real Decreto 364/1995 por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de las Administración del Estado, que se publicará en el
“Boletín Oficial del Estado”.
La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del contrato,
no darán lugar a la exclusión de la “bolsa”, pero ocasionará un cambio de lugar del puesto,
dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la “bolsa”.
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento dentro de la “bolsa”:
— Estar en situación de ocupado/a, prestando servicios en la propia Mancomunidad
como personal contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario/a interino/a.
— Estar en situación de suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención
quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada por facultativo/a que exija la lactancia
natural de menores de nueve meses. La acreditación documentada de la finalización de tal circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de
lista en las “bolsa” de trabajo en que se encontrará la persona afectada.
— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
En ningún caso formarán parte de la bolsa las personas aspirantes a los que el Tribunal
de selección anule por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación
en la presente convocatoria.
La bolsa resultante de cada proceso selectivo permanecerá en vigor hasta la aprobación de una nueva bolsa resultante de una convocatoria posterior, y dejará sin vigencia las
listas derivadas de procesos anteriores. En el caso de que una “Bolsa” generada para un proceso selectivo se agotase, quedará activada automáticamente la última que estuviese vigente con anterioridad.
12. Datos de carácter personal
13. Régimen de incompatibilidades
Las personas aspirantes que resulten nombradas para estas plazas quedarán sometidas
desde el momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades contenido en
la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de
las Administraciones Públicas y demás normativa aplicable, y no podrán simultanear el desempeño de aquellas con el de cualesquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con
fondos de la Mancomunidad de Servicios “El Alberche”, del Estado, de las Comunidades
BOCM-20221229-103
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID así como en la sede electrónica y en el tablón de
edictos de esta Mancomunidad cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad
o documento equivalente, en la forma prevista legalmente.