Mancomunidad de Municipios Jarama (BOCM-20221229-108)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 310

11. Formación de lista de espera
Una vez finalizados los procesos selectivos de cada convocatoria, podrá formarse bolsa de trabajo destinada a cubrir las vacantes temporales siempre que se establezca en las bases específicas de cada procedimiento.
12. Datos de carácter personal
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios y en la web municipal,
cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento, así como el cualquier otro medio
que se utilice para la comunicación de los resultados del proceso selectivo. La falta de presentación de dicho consentimiento conllevará la inadmisión de la solicitud presentada.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de publicación serán el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad o documento equivalente, en la forma prevista legalmente.
13. Recursos

BOCM-20221229-108

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas en la forma prevista en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por las personas interesadas recurso de reposición en el plazo de un mes ante el presidente, previo al recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, a partir del día siguiente al de la
publicación de su anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en las disposiciones contenidas en el Real Decreto 781/1986, de 18 de abril; la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada
por la Ley 11/1999 y la Ley 57/2003; el Real Decreto 365/1995, el Real Decreto 364/1995, el
Real Decreto 896/1991; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.