B) Autoridades y Personal - ASAMBLEA DE MADRID (BOCM-20221229-7)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 19 de diciembre de 2022, de Presidencia de la Asamblea de Madrid, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir mediante concurso-oposición 2 plazas del Cuerpo de Redactores, Taquígrafos, Estenotipistas y Catalogadoras de la Asamblea de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 310
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE DICIEMBRE DE 2022
minutos. Para la realización de este ejercicio solo se admitirá la toma taquigráfica o el uso
de estenotipia convencional, en ningún caso computerizada, salvo que el Tribunal lo pueda
entender como adaptación funcional.
Para la superación de esta primera parte del ejercicio será necesario la obtención de
una calificación mínima de 15 puntos, siendo 30 puntos la calificación máxima de esta primera parte.
Los aspirantes que hayan alcanzado esta puntuación serán convocados para la realización del supuesto teórico o que figura como segunda parte del ejercicio.
Asimismo, de conformidad con la base 7.4 de la convocatoria, junto con la relación de
aspirantes que han aprobado esta primera parte del ejercicio, el Tribunal requerirá a los aspirantes que figuren en la misma, la cumplimentación del documento de auto baremo y la
documentación justificativa de la misma, dando un plazo de 10 días hábiles para su remisión a contar desde el día siguiente a su publicación.
Segunda parte:
Un cuestionario compuesto por 20 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las
cuales solo una de ellas es la correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada
contestación errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán. Se podrán prever hasta 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores 20 preguntas. El tiempo para su realización será de 20 minutos. Para la superación de esta parte
será necesario la obtención de una calificación mínima de 15 puntos.
Para la superación de esta segunda parte del ejercicio será necesario la obtención de
una calificación mínima de 15 puntos, siendo 30 puntos la calificación máxima de esta segunda parte.
La puntuación máxima obtenida en la fase oposición será de 60 puntos equivalente al 60
por 100 del total de la convocatoria.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la
obtención de dichas calificaciones, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio. No obstante la puntuación directa mínima para superar la fase de oposición no podrá ser inferior al 30 por ciento de la puntuación máxima obtenible.
Las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para la superación del ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlos. Asimismo, las puntuaciones directas máximas obtenibles serán de 30 puntos para cada una de las partes del
ejercicio y equivaldrán a las calificaciones máximas de cada una de las partes del ejercicio.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir en el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de la
convocatoria.
7.2. Los opositores actuarán en cada ejercicio según el orden del sorteo público por
el que se establece el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas de
ingreso que se celebren durante el año y que se celebrará antes de comenzar el primer ejercicio y serán convocados para cada uno de ellos, en un único llamamiento, mediante la publicación del correspondiente anuncio en la Sede de la Asamblea de Madrid. En todo momento podrán ser requeridos para acreditar su personalidad.
7.3. Embarazo de riesgo o parto: si alguna de las aspirantes no pudiera completar el
proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación
quedará condicionada a la finalización de aquel y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, sin que estas puedan demorarse de manera que se menoscabe el derecho de
los demás aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de aquellas tendrá lugar antes de
la publicación de la relación de aspirantes que han superado la fase oposición.
7.4. La fase concurso tendrá una valoración de un 40 por 100 de la puntuación total.
Los puntos obtenidos en la fase concurso no se pueden utilizar para superar la fase oposición.
Finalizada la primera parte del ejercicio de la oposición, los aspirantes que la hubieran
superado deberán presentar el impreso de autobaremación de méritos según el modelo publicado junto con la convocatoria, acompañado de la documentación acreditativa de los méritos objeto de valoración. Todos los méritos estarán referidos al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar dicha documentación será de 10 días hábiles, computados a
partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de calificaciones de la primera par-
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BOCM-20221229-7
BOCM
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minutos. Para la realización de este ejercicio solo se admitirá la toma taquigráfica o el uso
de estenotipia convencional, en ningún caso computerizada, salvo que el Tribunal lo pueda
entender como adaptación funcional.
Para la superación de esta primera parte del ejercicio será necesario la obtención de
una calificación mínima de 15 puntos, siendo 30 puntos la calificación máxima de esta primera parte.
Los aspirantes que hayan alcanzado esta puntuación serán convocados para la realización del supuesto teórico o que figura como segunda parte del ejercicio.
Asimismo, de conformidad con la base 7.4 de la convocatoria, junto con la relación de
aspirantes que han aprobado esta primera parte del ejercicio, el Tribunal requerirá a los aspirantes que figuren en la misma, la cumplimentación del documento de auto baremo y la
documentación justificativa de la misma, dando un plazo de 10 días hábiles para su remisión a contar desde el día siguiente a su publicación.
Segunda parte:
Un cuestionario compuesto por 20 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las
cuales solo una de ellas es la correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y cada
contestación errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán. Se podrán prever hasta 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores 20 preguntas. El tiempo para su realización será de 20 minutos. Para la superación de esta parte
será necesario la obtención de una calificación mínima de 15 puntos.
Para la superación de esta segunda parte del ejercicio será necesario la obtención de
una calificación mínima de 15 puntos, siendo 30 puntos la calificación máxima de esta segunda parte.
La puntuación máxima obtenida en la fase oposición será de 60 puntos equivalente al 60
por 100 del total de la convocatoria.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la
obtención de dichas calificaciones, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio. No obstante la puntuación directa mínima para superar la fase de oposición no podrá ser inferior al 30 por ciento de la puntuación máxima obtenible.
Las puntuaciones directas mínimas que el Tribunal fije para la superación del ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlos. Asimismo, las puntuaciones directas máximas obtenibles serán de 30 puntos para cada una de las partes del
ejercicio y equivaldrán a las calificaciones máximas de cada una de las partes del ejercicio.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir en el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de la
convocatoria.
7.2. Los opositores actuarán en cada ejercicio según el orden del sorteo público por
el que se establece el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas de
ingreso que se celebren durante el año y que se celebrará antes de comenzar el primer ejercicio y serán convocados para cada uno de ellos, en un único llamamiento, mediante la publicación del correspondiente anuncio en la Sede de la Asamblea de Madrid. En todo momento podrán ser requeridos para acreditar su personalidad.
7.3. Embarazo de riesgo o parto: si alguna de las aspirantes no pudiera completar el
proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación
quedará condicionada a la finalización de aquel y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, sin que estas puedan demorarse de manera que se menoscabe el derecho de
los demás aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de aquellas tendrá lugar antes de
la publicación de la relación de aspirantes que han superado la fase oposición.
7.4. La fase concurso tendrá una valoración de un 40 por 100 de la puntuación total.
Los puntos obtenidos en la fase concurso no se pueden utilizar para superar la fase oposición.
Finalizada la primera parte del ejercicio de la oposición, los aspirantes que la hubieran
superado deberán presentar el impreso de autobaremación de méritos según el modelo publicado junto con la convocatoria, acompañado de la documentación acreditativa de los méritos objeto de valoración. Todos los méritos estarán referidos al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar dicha documentación será de 10 días hábiles, computados a
partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de calificaciones de la primera par-
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