Belmonte de Tajo (BOCM-20221228-61)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 309

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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BELMONTE DE TAJO

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, mediante decreto 701/2022, de 27 de diciembre, ha aprobado el calendario fiscal para el ejercicio 2023 de
los padrones fiscales, en los siguientes términos:
Dada cuenta de la necesidad de aprobar los períodos de cobranza para el ejercicio 2023
de las tasas e impuestos municipales, de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en concordancia con los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y 24 del Real Decreto 939/2005,
por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, y en uso de las facultades
que me han sido conferidas al efecto, he resuelto:
Primero.—Aprobar el calendario fiscal de cobro de los tributos municipales de vencimiento periódico y notificación colectiva para el ejercicio 2023, siendo este el siguiente:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica:
d Del 3 de marzo al 3 de mayo de 2023.
d Fecha cargo domiciliados: el 3 de mayo de 2023.
— IBI naturaleza urbana:
d Del 3 de julio al 4 de septiembre de 2023.
d Fecha cargo domiciliados: el 4 de septiembre de 2023.
— IBI naturaleza rústica:
d Del 3 de julio al 4 de septiembre de 2023.
d Fecha cargo domiciliados: el 4 de septiembre de 2023.
— Tasa de vados:
d Del 15 de septiembre al 15 de noviembre de 2023.
d Fecha cargo domiciliados: el 15 de noviembre de 2023.
— Tasa sobre basuras:
d Del 15 de septiembre al 15 de noviembre de 2023.
d Fecha cargo domiciliados: el 15 de noviembre de 2023.
— Impuesto sobre actividades económicas:
d Del 15 de septiembre al 15 de noviembre de 2023.
d Fecha cargo domiciliados: el 15 de noviembre de 2023.
— Sistema especial de pago del IBI, 1.er plazo:
d Fecha cargo domiciliados: el 31 de marzo de 2023.
— Sistema especial de pago del IBI, 2.o plazo:
d Fecha cargo domiciliados: 4 de septiembre 2023.
Segundo.—Que los datos tributarios y demás elementos tributarios de los tributos periódicos, salvo las altas en los respectivos registros, serán notificados colectivamente al amparo de lo establecido por el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria.
Tercero.—Se abre un plazo de quince días para información pública, antes de la fecha
de inicio del período voluntario de cobro de los tributos municipales de carácter periódico.
Durante el plazo de plazo de exposición pública de un mes, los padrones estarán a disposición de los interesados en las oficinas del Ayuntamiento.

BOCM-20221228-61

RÉGIMEN ECONÓMICO