Villamanta (BOCM-20221228-114)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 309

das siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, debiendo ir
acompañadas en su presentación, por los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, del pasaporte o de cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad. El documento que se presente habrá de encontrarse en vigor.
b) Fotocopia compulsada de la titulación exigida en las presentes bases o justificante
de haber abonado la tasa por los derechos para su expedición junto con el certificado acreditativo de haber finalizado los estudios correspondientes. Si estos documentos fuesen expedidos con posterioridad a la fecha en que finalizó el plazo de
admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que concluyeron los
estudios. En caso de titulaciones que hayan sido obtenidas en el extranjero, deberá aportarse la credencial acreditativa de su correspondiente homologación.
c) Acreditación de los méritos a valorar en la fase de concurso, de conformidad con
lo previsto en las presentes bases.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto
administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Este Ayuntamiento será responsable
del tratamiento de estos datos.
4. Admisión de las personas aspirantes

5. Tribunal Calificador
Se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
y en los Reales Decretos 364/1995 y 896/1991:
a) Serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad de sus miembros, y se tenderá a la paridad entre mujer y hombre.
b) El personal de elección o de designación política, el personal funcionario interino
y el personal eventual no podrán formar parte de los mismos.

BOCM-20221228-114

Para ser admitido en el presente proceso selectivo será necesario que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las presentes bases, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de
las solicitudes de participación. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la forma prevista en las presentes bases.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde de este Ayuntamiento
dictará resolución en el plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión.
Dicha resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así
como en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( www.villamanta.es ) y, en su caso, en
el correspondiente Tablón de Anuncios municipal.
Aquellas personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus
datos personales podrán manifestarlo en el plazo señalado. Quienes dentro de dicho plazo
no subsanen los defectos, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección.
Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figurasen en la
relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
En caso de no existir reclamaciones, se entenderá elevada la relación provisional de
personas admitidas y excluidas, automáticamente a definitiva.
Transcurrido el plazo de subsanación, por el Sr. Alcalde se aprobará la lista definitiva
de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará de la misma forma que el listado provisional. Igualmente, en esta misma resolución, se hará constar la designación nominal del
Tribunal.