Mancomunidad de Servicios Sociales THAM (BOCM-20221228-121)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 309

10.2. Quienes dentro del plazo fijado y salvo causas de fuerza mayor u otras circunstancias excepcionales apreciadas por el órgano convocante no presentasen la documentación requerida en la base anterior, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, perderán su derecho a ser contratados,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su solicitud de participación en el proceso selectivo.
10.3. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos
exigidos, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitida en derecho.
10.4. Quienes estuvieran prestando servicios en la Mancomunidad THAM estarán
exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos que obren en su expediente para obtener su anterior nombramiento.
Undécima. Nombramiento
11.1. Examinada la documentación prevista en la base 10.a.1 se procederá al nombramiento como funcionario de carrera de la persona propuesta, determinando el plazo para
la toma de posesión; o, en su caso, a su contratación como personal laboral fijo.
11.2. Si la persona propuesta en el proceso selectivo no tomara posesión del destino
adjudicado por renuncia u otras causas imputables a la misma, se procederá, sin necesidad
de una nueva propuesta del Tribunal, a nombrar y adjudicar la plaza correspondiente al siguiente aspirante a quien corresponda.
Duodécima. Norma final

BOCM-20221228-121

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo,
en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.
Con carácter potestativo podrá interponerse recurso previo de reposición ante el alcalde del Ayuntamiento de Arenas de San Pedro en el plazo de un mes, a contar en la misma
forma que el anterior, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Torrelodones, a 15 de diciembre de 2022.—El presidente de la Mancomunidad
THAM, Alfredo García-Plata Fernández.
(03/24.429/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791