C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20221228-19)
Concesión ayudas –  Resolución de 21 de diciembre de 202, del Director-Gerente del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), por delegación del Consejo de Administración del IMIDRA de 28 de diciembre de 2006, sobre concesión de ayudas de formación, convocadas mediante Orden 2970/2022, de 14 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de septiembre)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 309

DESARROLLO DEL PROGRAMA DE HIGIENE DE LA PRODUCCIÓN PRIMARIA Y MEJORA DE LA BIOSEGURIDAD
EN LAS EXPLOTACIONES GANADERAS DE LA REGIÓN
Tutor: Alicia Solano Tamayo
APELLIDOS Y NOMBRE

EXPEDIENTE

CURRICULUM

TOTAL

CAPPA LÓPEZ, CLARA

22,04

3,00

25,04

MARTÍN PRIETO, LAURA

17,97

6,00

23,97

ORTEGA RODRÍGUEZ, ALBA CRISTINA

17,68

6,00

23,68

SÁNCHEZ SANTIAGO, IGNACIO

23,85

4,00

27,85

ZAMORA RUFO, MARI PAZ

15,56

2,00

17,56

ADJUDIC.

TITULAR

DESARROLLO E IMPLANTACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE MEJORA DE LA PRODUCTIVIDAD
EN LOS NÚCLEOS GANADEROS DE GANADO OVINO Y PORCINO
Tutor: Alicia Solano Tamayo
EXPEDIENTE

CURRICULUM

TOTAL

ADJUDIC.

ARCAS LALIENA, MARC

APELLIDOS Y NOMBRE

18,91

3,00

21,91

TITULAR

MAGRO MARROIG, ANTONIO

16,76

0,00

16,76

PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL PARA APOYAR LA INNOVACIÓN EN EL SECTOR PRIMARIO
Y LA INDUSTRIA ASOCIADA
Tutor: José Pablo Zamorano
APELLIDOS Y NOMBRE

EXPEDIENTE

CURRICULUM

TOTAL

ADJUDIC.

OCAÑA ROQUE, GEMA

20,71

0,00

20,71

TITULAR

ROJAS CARBAJAL, ROSA GADELLY

14,06

3,00

17,06

TRANSFERENCIA DESDE LA I+D HACIA EL SECTOR PRIMARIO Y LA INDUSTRIA ASOCIADA
Tutor: José Pablo Zamorano
APELLIDOS Y NOMBRE

EXPEDIENTE

CURRICULUM

TOTAL

ALBA ALMENDROS, SONIA

18,91

8,50

27,41

GÓMEZ DE SAN JOSÉ, AMANDA

33,69

14,50

48,19

MORENO ROSADO, ROBERTO

17,14

6,50

23,64

ORTIZ GUTIÉRREZ, ALEJANDRO

24,69

8,00

32,69

ADJUDIC.

TITULAR

Los beneficiarios de las ayudas de formación quedan obligados a:
a) Incorporarse al IMIDRA en el plazo establecido en la Resolución de concesión.
b) Realizar su labor en el IMIDRA, cumpliendo con aprovechamiento las distintas
etapas del proceso de formación, ajustarse a las normas propias de funcionamiento del centro, en cuanto a la dedicación, función que debe desempeñar, horarios y
vacaciones, facilitar la información necesaria para la supervisión y evaluación del
desarrollo de su trabajo y cumplimentar los informes, formularios y demás documentos que, a los efectos del disfrute de la ayuda, le sean requeridos para acreditar el aprovechamiento de la formación y la justificación de la ayuda.
c) Comunicar por escrito a la Dirección-Gerencia del IMIDRA la renuncia a la ayuda
que le haya sido concedida con una antelación mínima de quince días respecto a
la fecha en la que esta deba hacerse efectiva, debiendo cumplir las obligaciones
inherentes al período de disfrute de la ayuda y a su finalización.
d) Comunicar por escrito a la Dirección-Gerencia del IMIDRA cualquier incidencia
que se oponga o menoscabe la obtención de los objetivos de la ayuda, en el plazo
máximo de quince días desde la fecha en que se produzcan.
e) Dar publicidad a las ayudas recibidas en cualquier material impreso, audiovisual o
de cualquier otra naturaleza usado para la difusión y la comunicación (incluyendo menciones en los medios no escritos) de resultados obtenidos durante el período de formación, mencionando expresamente su origen.
f) El disfrute de una ayuda al amparo de esta convocatoria requiere dedicación exclusiva y, por tanto, es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada
con fondos públicos o privados, españoles o extranjeros, así como con sueldos o
salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado.
g) El disfrute de una ayuda es incompatible con el registro en las oficinas del Instituto
Nacional de Empleo u otras agencias de contratación como demandante de empleo, al tratarse de ayudas que exigen dedicación exclusiva.

BOCM-20221228-19

Segundo