Cercedilla (BOCM-20221227-84)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 713
Durante el desarrollo de las pruebas selectivas
El Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases
de la convocatoria, y adoptarán los acuerdos que garanticen el buen orden del proceso en lo
no previsto expresamente por aquellas. Las incidencias que puedan surgir respecto a la admisión de aspirantes en las sesiones de celebración de exámenes serán resueltas por el Tribunal Calificador, quien dará traslado al órgano convocante.
A dichos efectos, el Tribunal Calificador podrá requerir a los aspirantes, en cualquier
momento del proceso, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes no reúne uno o varios de los
requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de
exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante.
El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores que lleven a cabo cualquier actuación
de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios.
7. Desarrollo de las pruebas selectivas
Una vez comenzado cada uno de los procesos selectivos extraordinarios, los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cercedilla y en el apartado anuncios oficiales de la página web. www.cercedilla.es ,
con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de la prueba. Podrá utilizarse cualquier otro medio, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación.
En cualquier momento de cada procedimiento extraordinario de selección, los miembros del Tribunal Calificador podrán requerir a las personas aspirantes la acreditación de su
identidad.
8. Procedimiento de selección
El procedimiento extraordinario de selección se llevará a cabo a través del sistema de
concurso-oposición. La fase de oposición constituirá el 60% del total del proceso, siendo
del 40% la fase de concurso.
El procedimiento se desarrollará con arreglo a las siguientes fases, de carácter sucesivo:
— Concurso: La fase de concurso, que será previa a la fase de oposición, no tendrá
carácter eliminatorio. Consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, de conformidad con el baremo que se indica en las presentes bases.
— Oposición: La fase de oposición consistirá en la realización de una o varias pruebas prácticas, de carácter no eliminatorio, relacionado con las tareas propias de la
plaza objeto del proceso selectivo, en el tiempo máximo que fije el Tribunal. El
Tribunal establecerá los criterios para valorar esta prueba; criterios que se pondrán
en conocimiento de los aspirantes antes del inicio de la misma. La puntuación
máxima será de 60 puntos.
9. Desarrollo de la fase de concurso
La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 40 puntos. Con carácter general
serán méritos evaluables en esta fase los siguientes, de acuerdo con el baremo que se indica:
A) Servicios prestados en la plaza de peón de servicios de limpieza en el Ayuntamiento de Cercedilla como personal laboral temporal o funcionario interino, a
razón de 0,65 puntos por cada mes de servicios prestados en jornada completa
(hasta un máximo de 24 puntos).
B) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Cercedilla, como personal laboral temporal o funcionario interino, en puestos de trabajo del mismo grupo y que guarden similitud directa con las tareas y funciones de la plaza convocada, a razón de 0,25 puntos por cada mes de servicio en jornada completa (hasta un máximo de 10 puntos).
C) Servicios prestados en otras Administraciones Públicas Locales como personal laboral temporal o funcionario interino en puestos de trabajo del mismo grupo y que
guarden similitud directa con las tareas y funciones de la plaza convocada, a ra-
BOCM-20221227-84
Experiencia profesional (hasta un máximo de 24 puntos)
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 713
Durante el desarrollo de las pruebas selectivas
El Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases
de la convocatoria, y adoptarán los acuerdos que garanticen el buen orden del proceso en lo
no previsto expresamente por aquellas. Las incidencias que puedan surgir respecto a la admisión de aspirantes en las sesiones de celebración de exámenes serán resueltas por el Tribunal Calificador, quien dará traslado al órgano convocante.
A dichos efectos, el Tribunal Calificador podrá requerir a los aspirantes, en cualquier
momento del proceso, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes no reúne uno o varios de los
requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de
exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante.
El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores que lleven a cabo cualquier actuación
de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios.
7. Desarrollo de las pruebas selectivas
Una vez comenzado cada uno de los procesos selectivos extraordinarios, los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cercedilla y en el apartado anuncios oficiales de la página web. www.cercedilla.es ,
con veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de la prueba. Podrá utilizarse cualquier otro medio, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación.
En cualquier momento de cada procedimiento extraordinario de selección, los miembros del Tribunal Calificador podrán requerir a las personas aspirantes la acreditación de su
identidad.
8. Procedimiento de selección
El procedimiento extraordinario de selección se llevará a cabo a través del sistema de
concurso-oposición. La fase de oposición constituirá el 60% del total del proceso, siendo
del 40% la fase de concurso.
El procedimiento se desarrollará con arreglo a las siguientes fases, de carácter sucesivo:
— Concurso: La fase de concurso, que será previa a la fase de oposición, no tendrá
carácter eliminatorio. Consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, de conformidad con el baremo que se indica en las presentes bases.
— Oposición: La fase de oposición consistirá en la realización de una o varias pruebas prácticas, de carácter no eliminatorio, relacionado con las tareas propias de la
plaza objeto del proceso selectivo, en el tiempo máximo que fije el Tribunal. El
Tribunal establecerá los criterios para valorar esta prueba; criterios que se pondrán
en conocimiento de los aspirantes antes del inicio de la misma. La puntuación
máxima será de 60 puntos.
9. Desarrollo de la fase de concurso
La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 40 puntos. Con carácter general
serán méritos evaluables en esta fase los siguientes, de acuerdo con el baremo que se indica:
A) Servicios prestados en la plaza de peón de servicios de limpieza en el Ayuntamiento de Cercedilla como personal laboral temporal o funcionario interino, a
razón de 0,65 puntos por cada mes de servicios prestados en jornada completa
(hasta un máximo de 24 puntos).
B) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Cercedilla, como personal laboral temporal o funcionario interino, en puestos de trabajo del mismo grupo y que guarden similitud directa con las tareas y funciones de la plaza convocada, a razón de 0,25 puntos por cada mes de servicio en jornada completa (hasta un máximo de 10 puntos).
C) Servicios prestados en otras Administraciones Públicas Locales como personal laboral temporal o funcionario interino en puestos de trabajo del mismo grupo y que
guarden similitud directa con las tareas y funciones de la plaza convocada, a ra-
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Experiencia profesional (hasta un máximo de 24 puntos)