Cercedilla (BOCM-20221227-75)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 605
superiores a 17 horas y 30 minutos semanales, a efectos de cómputo, se realizarán proporcionalmente.
8.2. Formación (hasta un máximo de 40 puntos):
8.2.1. Formación general (hasta un máximo de 15 puntos): serán objeto de valoración los cursos referentes a las siguientes materias, outlook, ofimática, Procedimiento
Administrativo, Estatuto Básico del Empleado Público y/o Recursos Humanos en las Administraciones Públicas, Igualdad en las Administraciones Públicas, Contratación Pública,
Transparencia, Administración electrónica, Atención al ciudadano, Archivo y documentación, y Protección de datos.
Solamente se valorará los cursos jornadas o seminarios de formación y perfeccionamiento y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional
de Administración Pública, por otras Administraciones Públicas o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco de los Planes de Formación Continua
en las Administraciones Públicas, y cualquier otro financiado con fondos públicos de acuerdo con la siguiente escala según su duración, y siempre que conste número de horas y con
un mínimo de 20 horas.
— Cursos de 20 a 39 horas, 2 puntos por curso.
— Cursos de 40 a 99 horas, 3 puntos por curso.
— Cursos de 100 a 149 horas, 4 puntos por curso.
— Cursos de más de 150 horas, 5 puntos por curso.
8.2.2. Formación específica (hasta un máximo de 20 puntos): se valorarán adicionalmente, respecto a la puntuación obtenida en formación general, con 10 puntos cada una de
las siguientes materias. Solo se valorará, con la puntuación indicada:
— Tener experiencia y formación en el manejo del programa de gestión de expedientes ATMGERES (10 puntos).
— Tener experiencia y/o formación en el manejo del programa de gestión de expedientes ABSIS (10 puntos).
La experiencia en el manejo de ambas aplicaciones debe ser de los últimos diez años.
Este apartado ha de quedar acreditado mediante certificado expedido por la administración pública en la que se utilizaron estas herramientas.
Los aspirantes no tendrán que acreditar la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Cercedilla en este apartado, pues será justificada de oficio ante el tribunal de selección, por el Departamento de Informática, pero sí deberán indicarla en el modelo de autobaremación.
8.3. Otros méritos evaluables (hasta un máximo de 5 puntos):
— Por haber superado algún proceso selectivo de auxiliar administrativo en el Ayuntamiento de Cercedilla (2,5 puntos por proceso).
— Tener experiencia y formación en el manejo del programa de gestión Atenea (2,5
puntos).
9. Valoración de la fase de concurso
Los aspirantes deberán presentar la siguiente documentación: modelo de autobaremación y un índice con los documentos presentados, ordenados cronológicamente y numerados correlativamente según el autobaremo junto a la documentación acreditativa de los méritos alegados.
La experiencia profesional se acreditará mediante certificado de servicios prestados
suscrito por el órgano competente, indicando puesto de trabajo desempeñado y sus funciones, tipo de contratación o nombramiento, período de tiempo, y siempre referido este último a la fecha de presentación de instancias.
Se adjuntarán los contratos de trabajo y la vida laboral donde se pueda comprobar expresamente el tiempo de servicios prestados, tipo de jornada y denominación del puesto desempeñado.
Los aspirantes no tendrán que acreditar la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Cercedilla, pues será justificada de oficio ante el tribunal de selección, por el Departamento de Personal, pero debe indicarse en el modelo de autobaremación.
BOCM-20221227-75
Justificación de la experiencia profesional
B.O.C.M. Núm. 308
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MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
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superiores a 17 horas y 30 minutos semanales, a efectos de cómputo, se realizarán proporcionalmente.
8.2. Formación (hasta un máximo de 40 puntos):
8.2.1. Formación general (hasta un máximo de 15 puntos): serán objeto de valoración los cursos referentes a las siguientes materias, outlook, ofimática, Procedimiento
Administrativo, Estatuto Básico del Empleado Público y/o Recursos Humanos en las Administraciones Públicas, Igualdad en las Administraciones Públicas, Contratación Pública,
Transparencia, Administración electrónica, Atención al ciudadano, Archivo y documentación, y Protección de datos.
Solamente se valorará los cursos jornadas o seminarios de formación y perfeccionamiento y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional
de Administración Pública, por otras Administraciones Públicas o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco de los Planes de Formación Continua
en las Administraciones Públicas, y cualquier otro financiado con fondos públicos de acuerdo con la siguiente escala según su duración, y siempre que conste número de horas y con
un mínimo de 20 horas.
— Cursos de 20 a 39 horas, 2 puntos por curso.
— Cursos de 40 a 99 horas, 3 puntos por curso.
— Cursos de 100 a 149 horas, 4 puntos por curso.
— Cursos de más de 150 horas, 5 puntos por curso.
8.2.2. Formación específica (hasta un máximo de 20 puntos): se valorarán adicionalmente, respecto a la puntuación obtenida en formación general, con 10 puntos cada una de
las siguientes materias. Solo se valorará, con la puntuación indicada:
— Tener experiencia y formación en el manejo del programa de gestión de expedientes ATMGERES (10 puntos).
— Tener experiencia y/o formación en el manejo del programa de gestión de expedientes ABSIS (10 puntos).
La experiencia en el manejo de ambas aplicaciones debe ser de los últimos diez años.
Este apartado ha de quedar acreditado mediante certificado expedido por la administración pública en la que se utilizaron estas herramientas.
Los aspirantes no tendrán que acreditar la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Cercedilla en este apartado, pues será justificada de oficio ante el tribunal de selección, por el Departamento de Informática, pero sí deberán indicarla en el modelo de autobaremación.
8.3. Otros méritos evaluables (hasta un máximo de 5 puntos):
— Por haber superado algún proceso selectivo de auxiliar administrativo en el Ayuntamiento de Cercedilla (2,5 puntos por proceso).
— Tener experiencia y formación en el manejo del programa de gestión Atenea (2,5
puntos).
9. Valoración de la fase de concurso
Los aspirantes deberán presentar la siguiente documentación: modelo de autobaremación y un índice con los documentos presentados, ordenados cronológicamente y numerados correlativamente según el autobaremo junto a la documentación acreditativa de los méritos alegados.
La experiencia profesional se acreditará mediante certificado de servicios prestados
suscrito por el órgano competente, indicando puesto de trabajo desempeñado y sus funciones, tipo de contratación o nombramiento, período de tiempo, y siempre referido este último a la fecha de presentación de instancias.
Se adjuntarán los contratos de trabajo y la vida laboral donde se pueda comprobar expresamente el tiempo de servicios prestados, tipo de jornada y denominación del puesto desempeñado.
Los aspirantes no tendrán que acreditar la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Cercedilla, pues será justificada de oficio ante el tribunal de selección, por el Departamento de Personal, pero debe indicarse en el modelo de autobaremación.
BOCM-20221227-75
Justificación de la experiencia profesional