Villanueva del Pardillo (BOCM-20221227-131)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
12 páginas totales
Página
BOCM

MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

te, se asignarán 0,10 puntos por mes, hasta un máximo de 10
puntos.
8.2.1.G) Por la experiencia profesional en la misma categoría, en el sector
privado, ya sea como personal contratado o como autónomo, se
asignarán 0,25 puntos por mes, hasta un máximo de 30 puntos.
8.2.2. Méritos académicos: se valorará con un máximo de 20 puntos, según el siguiente baremo:
8.2.1.A) Cursos de formación y perfeccionamiento: los cursos de formación
se valorarán a razón de:
— De 15 a 25 horas: 1 punto por curso realizado.
— De 26 a 50 horas: 1,50 puntos por curso realizado.
— De 51 a 75 horas: 2 puntos por curso realizado.
— De 76 a 100 horas: 2,50 puntos por curso realizado.
— Más de 100 horas: 3 puntos por curso realizado.
8.2.1.B) Titulaciones Académicas: se valorarán con 5 puntos cada una de las
titulaciones académicas oficiales iguales o superiores, y distintas a
las exigidas para el acceso a la plaza convocada.
Este mérito se deberá acreditar mediante la copia del Título respectivo y, en su caso, el documento acreditativo de su equivalencia.
8.3. Calificación definitiva: la calificación definitiva del concurso de méritos será la
resultante de la suma final de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados del concurso, una vez llevada a cabo la comprobación de la autobaremación de las personas aspirantes por el Tribunal Calificador, previa la solicitud a las personas aspirantes y posterior
contraste de la documentación acreditativa de los mismos, sin que en ningún caso pueda ser
superior a 100 puntos.
Novena. Desarrollo del proceso selectivo
9.1. Listado provisional de puntuaciones: el Tribunal calificador elaborará un listado
provisional con las puntuaciones ordenadas, de mayor a menor, de cada persona aspirante y
se expondrán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento. La puntuación expuesta por los méritos lo será de conformidad con el “Autobaremo de méritos”.
9.2. Nota de corte: en el supuesto de que el número de solicitudes que se presente sea
muy numeroso con respecto al número de plazas a seleccionar, que en las presentes bases
es de 1, el Tribunal calificador podrá establecer una nota de corte para pasar a la fase de
acreditación de méritos.
El resto de personas aspirantes que no llegue a dicha nota de corte, quedará en situación de “pendiente de revisión”.
9.3. Aportación de copias acreditativas de los méritos alegados y lugar de presentación: tras la publicación y, sin perjuicio de lo dispuesto a propósito de la nota de corte, en
su caso, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles contados a partir
del día siguiente a dicha publicación, para aportar fotocopia de todos aquellos documentos
acreditativos de los méritos consignados, en la forma en que se indique en la publicación,
teniendo en consideración lo dispuesto en los dos siguientes apartados.
El límite temporal de validez de cualquiera de los méritos aportados será la fecha de
finalización del plazo para presentar las solicitudes de participación.
9.4. Acreditación de la experiencia laboral: la acreditación de la experiencia laboral
se realizará teniendo en consideración las siguientes prescripciones:
— Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea, tomándose en consideración el más beneficioso para la persona aspirante.
— La experiencia profesional se computa por meses completos, tanto se trate de una
jornada de trabajo a tiempo completo como jornada a tiempo parcial. A tales efectos, cuando no sea posible computar meses completos, se sumarán los días sueltos, computándose como mes completo cada acumulación de 30 días sueltos, así
como la fracción residual, una vez hecho el cálculo anterior, igual o superior a 15
días, despreciándose del resultado final para aquellas que sean inferiores a 15 días.
— Los servicios prestados como personal funcionario y personal laboral de las Administraciones Públicas y resto del Sector Público deberán acreditarse mediante
certificado entregado por el organismo competente donde se hubiesen efectuado,
debiéndose indicar: la denominación exacta de la plaza desempeñada, el grupo,

BOCM-20221227-131

Pág. 812

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID