Villanueva del Pardillo (BOCM-20221227-131)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

anuncios, así como en la dirección web http://www.vvapardillo.org la propuesta de resolución definitiva del concurso, con indicación de la relación de resultados y las personas propuestas, debiendo recaer en quienes hayan obtenido mayor puntuación, de conformidad con
las presentes bases.
Contra la propuesta de resolución definitiva del Tribunal calificador, cabrá recurso de
alzada ante el alcalde/sa-presidente/a del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente a que se haga pública dicha resolución del
Tribunal en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
En el caso de que alguna de las personas propuestas renunciase, no acreditase la documentación o esta resultara falsa, se propondría otra persona, que sería la siguiente en la lista de puntuaciones, siguiendo estricto orden de puntuación total.
10.2. Caso de empate: en caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional 8.2.1.A), en segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional 8.2.1.B), en tercer lugar, a la mayor puntuación
obtenida en el apartado de experiencia profesional 8.2.1.C), en cuarto lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional 8.2.1.D). De persistir el empate,
este se solventará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose el orden por la letra resultante del último sorteo celebrado a los efectos de la resolución de empates en los procesos selectivos.
10.3. Resolución final de concurso: una vez publicada la propuesta de resolución definitiva del concurso de méritos y resueltos en su caso los recursos de alzada presentados
contra la misma, el Tribunal calificador elevará dicha propuesta de resolución definitiva,
por el orden de puntuación alcanzado, al alcalde-presidente, que dictará Resolución aprobando la Resolución Definitiva del Concurso Méritos por orden de puntuación, con indicación expresa de las personas aprobadas que han superado el proceso selectivo (Concurso de
Méritos) y deben presentar la documentación requerida en los términos de la Base Undécima para su nombramiento como funcionario de carrera.
La Resolución Definitiva del Concurso de Méritos será publicada por el órgano de selección en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web http://www.vvapardillo.org
10.4. Aportación de la documentación original o fotocopias compulsadas: las personas seleccionadas deberán presentar ante el Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, en el
plazo máximo de veinte (20) días naturales desde la publicación de la Resolución, el original y/o copia compulsada de todos los documentos requeridos para participar en el proceso
selectivo.
En concreto, lo siguiente:
a) Original y copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento
que acredite la nacionalidad en el caso de aspirantes nacionales miembros de otros
estados de la Unión Europea o de los estados a los cuales, en virtud de tratados
internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea
aplicable la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes de nacionalidad diferente a la de los Estados miembros de la Unión
Europea deberán aportar copia simple de los permisos de residencia y/o trabajo
que se precisen de acuerdo con la normativa vigente que resulte de aplicación.
b) Original y copia compulsada de la titulación exigida para participar en el proceso
selectivo.
c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que
impida el normal ejercicio de la función a desempeñar.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para ocupar cargos públicos por resolución judicial, para acceder al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que se indican en las presentes bases. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o, en caso contrario, no haber sido cancelada de su hoja de servicios o tener derecho a su cancelación, o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Declaración jurada o promesa donde se haga constar que no se encuentra incurso
en ninguna causa de incompatibilidad para el desempeño del cargo, de acuerdo
con la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa de aplicación.

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