Cercedilla (BOCM-20221227-73)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

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Se adjuntarán los contratos de trabajo y la vida laboral donde se pueda comprobar expresamente el tiempo de servicios prestados, tipo de jornada y denominación del puesto desempeñado.
Los aspirantes no tendrán que acreditar la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Cercedilla, pues será justificada de oficio ante el Tribunal de Selección, por el Departamento de Personal, pero debe indicarse en el modelo de autobaremación.
Justificación de la formación general y específica:
Se acredita mediante la presentación de los diferentes diplomas y certificados de asistencias donde deben figurar las horas de las acciones formativas.
No serán objeto de valoración los títulos que se exijan como requisito para el acceso a
esta convocatoria.
Las actividades formativas en las que no se acredite el número de horas serán valoradas con la puntuación mínima que, en su caso, corresponda, según baremos de formación.
La justificación de los méritos de la Formación y Manejo de las Herramientas de Gestión se hará conforme a lo indicado en este apartado en el Desarrollo de la Fase de concurso. Este apartado ha de quedar acreditado mediante certificado expedido por la administración pública o por empresa privada en la que se utilizaron estas herramientas. Los
aspirantes no tendrán que acreditar la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Cercedilla en este apartado, pues será justificada de oficio ante el Tribunal de Selección, por el
Departamento de Informática, pero si deberán indicarla en el modelo de autobaremación.
En ningún caso el Tribunal podrá presumir la concurrencia de mérito alguno distinto
de los alegados y justificados documentalmente dentro del período de presentación de instancias, salvo causas de fuerza mayor alegadas en el momento de presentación de la solicitud de admisión a este proceso de selección, siendo de exclusiva responsabilidad de los aspirantes.
Justificación de otros méritos:
Este apartado ha de quedar acreditado mediante certificado expedido por la administración pública o certificado de docencia expedido por los Colegios o Centros educativos
que se acrediten la experiencia.
Para poder puntuar en este apartado es necesario indicar el proceso selectivo en el que
se concurrió en el Ayuntamiento de Cercedilla.
10. Calificación del proceso selectivo
La calificación final del concurso será el resultado de la suma de las valoraciones obtenidas en cada uno de los apartados establecidos en la base octava, siendo ese resultado la
calificación definitiva del proceso.
En caso de empate en la puntuación final, se aplicarán los siguientes criterios:
— En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá
atendiendo en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional 8.1.1., en segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en
el apartado de formación específica 8.2.2., en tercer lugar, a la mayor puntuación
obtenida en el apartado de otros méritos 8.3.
— De persistir el empate, éste se solventará por orden alfabético del primer apellido
de los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que se determine en el
sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración
Pública a que se refiere el artículo 17 del RGI, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.

Finalizado el proceso selectivo extraordinario, el Tribunal Calificador elevará la relación
de aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional
de identidad —en la forma prevista legalmente para la protección de los datos de carácter personal—, así como las notas parciales de todas y cada una de las fases del proceso selectivo, al
órgano competente para la resolución del proceso selectivo, en cuya resolución asimismo se
ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento de Cercedilla.
El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante a lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que le de plazas con-

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11. Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados