Cercedilla (BOCM-20221227-81)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

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Formación específica (hasta un máximo de 15 puntos)-—Se valorarán adicionalmente, respecto a la puntuación obtenida en formación general, la siguiente formación específicas con 15 puntos adicionales, y con un mínimo de 50 horas formativas.
— Curso de personal de mantenimiento y el desbloqueo de cerraduras.
9.3. Otros méritos evaluables (hasta un máximo de 5 puntos):
— Por haber superado algún proceso selectivo de Conserje en misma subescala de la
plaza objeto de estabilización en el Ayuntamiento de Cercedilla. 5 puntos por proceso (hasta un máximo de 5 puntos).
10. Justificación de los méritos
Justificación de la Experiencia Profesional.—La experiencia profesional se acreditará
mediante certificado de servicios prestados suscrito por el órgano competente, indicando
puesto de trabajo desempeñado y sus funciones, tipo de contratación o nombramiento, periodo de tiempo, y siempre referido este último a la fecha de presentación de instancias. Los
certificados no podrán estar expedidos por tiempo superior a tres meses.
Se adjuntarán los contratos de trabajo y la vida laboral donde se pueda comprobar expresamente el tiempo de servicios prestados, tipo de jornada y denominación del puesto desempeñado.
Los aspirantes no tendrán que acreditar la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Cercedilla, pues será justificada de oficio ante el Tribunal de Selección, por el Departamento de Personal, pero debe indicarse en el modelo de autobaremación.
Justificación de la formación general y específica.—Se acredita mediante la presentación de los diferentes diplomas y certificados de asistencias donde deben figurar las horas
de las acciones formativas.
No serán objeto de valoración las actividades formativas respecto de las que no se
acredite el número de horas, ni tampoco los títulos que se exijan como requisito para el acceso a esta convocatoria.
En ningún caso el Tribunal podrá presumir la concurrencia de mérito alguno distinto
de los alegados y justificados documentalmente dentro del período de presentación de instancias, salvo causas de fuerza mayor alegadas en el momento de presentación de la solicitud de admisión a este proceso de selección, siendo de exclusiva responsabilidad de los aspirantes.
Justificación de otros méritos.—Para poder puntuar en este apartado es necesario indicar el proceso selectivo en el que se concurrió en el Ayuntamiento de Cercedilla y la resolución de nombramiento.

El proceso selectivo extraordinario se convocará a través del sistema de concurso, valorándose de forma que la calificación definitiva vendrá dada por la suma de la calificación
obtenida en el apartado de experiencia profesional (con un máximo de 60 puntos) y en el
de formación (con un máximo de 40 puntos). La calificación final tendrá un máximo de 100
puntos.
En caso de empate en la puntuación final, se aplicarán los siguientes criterios:
En primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional, subapartado 9.1.A.
En segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación específica.
En tercer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de Otros méritos.
En cuarto lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación general.
De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de
los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que se determine en el sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del RGI, que se publicará en el ““Boletín Oficial del Estado””.
12. Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados
Finalizado el proceso selectivo extraordinario, el Tribunal de Valoración elevará la relación de aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento
nacional de identidad -en la forma prevista legalmente para la protección de los datos de ca-

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11. Calificación del proceso selectivo