Cercedilla (BOCM-20221227-81)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

da de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación
definitiva de aspirantes admitidos, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante.
El Tribunal podrá excluir a aquellos aspirantes que lleven a cabo cualquier actuación
de tipo fraudulento durante el procedimiento.
7. Desarrollo de las pruebas selectivas
Una vez comenzado el proceso selectivo extraordinario, los sucesivos anuncios se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cercedilla y en el apartado anuncios
oficiales de la página web www.cercedilla.es. Podrá utilizarse cualquier otro medio, si se
juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación.
8. Procedimiento de selección
El procedimiento extraordinario de selección se llevará a cabo a través del sistema de
concurso de valoración de méritos.
Consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los
aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, de conformidad con el baremo que se indica en las presentes bases.
Donde los méritos profesionales serán un 60% de la valoración de la fase del concurso y los méritos académicos, de formación y otros méritos evaluables supondrán el 40% de
la valoración de la fase de concurso, del total de la puntuación máxima 100 puntos.
9. Valoración del concurso de méritos
El concurso tendrá una puntuación máxima de 100 puntos. Con carácter general serán
méritos evaluables en esta fase los siguientes, de acuerdo con el baremo que se indica:
9.1. Experiencia profesional (hasta un máximo de 60 puntos):
A) Servicios prestados en la plaza de Conserje en el Ayuntamiento de Cercedilla objeto de estabilización de la presente convocatoria como funcionario interino o personal laboral temporal, a razón de 0,25 puntos por cada mes de servicios prestados en jornada completa.
B) Servicios prestados en otras Administraciones Públicas Locales como personal laboral temporal o funcionario interino en puestos de trabajo de la misma subescala y que guarden similitud directa con las tareas y funciones de la plaza de convocada, a razón de 0,12 puntos por cada mes de servicios prestados en jornada
completa.
C) Servicios prestados en otras Administraciones Públicas como personal laboral temporal o funcionario interino en puestos de trabajo de la misma subescala y que guarden similitud directa con las tareas y funciones de la plaza convocada de Conserje,
a razón de 0,11 puntos por cada mes de servicios prestados en jornada completa.
Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos
o algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente.
En ningún caso, se valorarán períodos de tiempo inferiores a un mes aun cuando una
posible acumulación de días pudiera arrojar como resultado meses completos.
Se valorará la experiencia, únicamente, cuando se acrediten meses completos y con
una jornada laboral completa. Las jornadas que no sean completas pero que sean iguales o
superiores a 17 horas y 30 minutos semanales, a efectos de cómputo se realizarán proporcionalmente.
9.2. Formación (hasta un máximo de 40 puntos):
Formación general (hasta un máximo de 20 puntos).—Serán objeto de valoración los
cursos que tengan relación con el puesto objeto de estabilización: mantenimiento de edificios y/o instalaciones (electricidad y/o fontanería), limpieza en edificios públicos, ofimática o legislación básica para administraciones locales.
— Cursos de 0 a 20 horas, 2,5 puntos por curso.
— Cursos de 21 a 40 horas, 5 puntos por curso.
— Cursos de 41 a 50 horas, 10 puntos por curso.
— Cursos de más de 51, 15 puntos por curso.

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