Cercedilla (BOCM-20221227-80)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

vocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes no reúne uno o varios de los
requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de
exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante.
El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores que lleven a cabo cualquier actuación
de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios.
7. Desarrollo del proceso selectivo
Una vez comenzado el proceso selectivo extraordinario, los sucesivos anuncios se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cercedilla y en el apartado anuncios
oficiales de la página web www.cercedilla.es . Podrá utilizarse cualquier otro medio, si se
juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación.
8. Procedimiento de selección
El proceso de selección se realizará a través del sistema de concurso de valoración de
méritos.
Consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los
aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, de conformidad con el baremo que se indica en las presentes bases.
Donde los méritos profesionales serán un 60% de la valoración de la fase del concurso y los méritos académicos, de formación y otros méritos evaluables supondrán el 40% de
la valoración de la fase de concurso, del total de la puntuación máxima 100 puntos.
9. Valoración del concurso de méritos
La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 100 puntos. Con carácter general
serán méritos evaluables en esta fase los siguientes, de acuerdo con el baremo que se indica:
9.1. Experiencia profesional (hasta un máximo de 60 puntos).
9.1.1. Servicios prestados en la plaza de Oficial de albañilería del Ayuntamiento Cercedilla objeto de estabilización de la presente convocatoria como personal laboral temporal o funcionario interino, a razón de 0,30 puntos por cada mes de
servicios prestados en jornada completa.
9.1.2. Servicios prestados en el Ayuntamiento de Cercedilla, como personal laboral
temporal o funcionario interino, en puestos de trabajo del mismo grupo y que
guarden similitud directa con las tareas y funciones de la plaza convocada, a
razón de 0,15 puntos por cada mes de servicio en jornada completa.
9.1.3. Servicios prestados en otras Administraciones Públicas Locales como personal laboral temporal o funcionario interino en puestos de trabajo del mismo
grupo y que guarden similitud directa con las tareas y funciones de la plaza
convocada, a razón de 0,11 puntos por cada mes de servicios prestados en jornada completa.
9.1.4. Servicios prestados en otras Administraciones Públicas como personal laboral
temporal o funcionario interino en puestos de trabajo del mismo grupo y que
guarden similitud directa con las tareas y funciones de la plaza convocada, a
razón de 0,10 puntos por cada mes de servicio prestado en jornada completa.
Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos o
algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente.
En ningún caso se valorarán períodos de tiempo inferiores a un mes, aun cuando una
posible acumulación de estos períodos pudiera arrojar como resultado meses completos.
Se valorará la experiencia, únicamente, cuando se acrediten meses completos, y con
una jornada laboral completa. Las jornadas que no sean completas pero que sean iguales o
superiores a 17 horas y 30 minutos semanales, a efectos de cómputo, se realizarán proporcionalmente.
9.2. Formación (hasta un máximo de 40 puntos):
9.2.1. Formación general: (hasta un máximo de 16 puntos).
Serán objeto de valoración los cursos referentes a las siguientes materias:
— Cursos de prevención de riesgos laborales.

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