Cercedilla (BOCM-20221227-78)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

Se valorará, hasta un máximo de 60 puntos, la experiencia profesional de la forma establecida a continuación:
8.1.1. Servicios prestados en la plaza de Profesor/a de Adultos del Ayuntamiento de
Cercedilla objeto de estabilización como personal laboral temporal o personal
funcionario interino de la presente convocatoria, a razón de 0,55 puntos por
cada mes de servicios prestados en jornada completa.
8.1.2. Servicios prestados en el Ayuntamiento de Cercedilla, como personal laboral
temporal o funcionario interino, como Técnico/a en puesto diferente a la plaza objeto de estabilización, a razón de 0,25 puntos por cada mes de servicio en
jornada completa.
8.1.3. Servicios prestados en otras Administraciones Públicas Locales como Profesor/a de Adultos como personal laboral temporal o funcionario interino, que
pertenezcan al mismo grupo de clasificación, a razón de 0,12 puntos por cada
mes de servicios prestados en jornada completa.
8.1.4. Servicios prestados en otras Administraciones Públicas como Profesor/a de
Adultos como personal laboral temporal o funcionario interino, que pertenezcan al mismo grupo de clasificación, a razón de 0,10 puntos por cada mes de
servicio prestado en jornada completa.
Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en todos
o algunos de los apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente.
En ningún caso se valorarán períodos de tiempo inferiores a un mes, aun cuando una
posible acumulación de estos períodos pudiera arrojar como resultado meses completos.
Se valorará la experiencia, únicamente, cuando se acrediten meses completos, y con
una jornada laboral completa. Las jornadas que no sean completas pero que sean iguales o
superiores a 17 horas y 30 minutos semanales, a efectos de cómputo, se realizarán proporcionalmente.
8.2. Formación (hasta un máximo de 40 puntos):
8.2.1. Formación general (hasta un máximo de 25 puntos).
Se valorarán hasta un máximo de 25 puntos los cursos, jornadas, seminarios o
grupos de trabajo de formación y perfeccionamiento relacionados con educación.
Se valorarán los cursos, jornadas, seminarios de formación y perfeccionamiento y grupos de trabajo, que hayan sido convocados, impartidos u homologados
por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas y Centros acogidos
al Plan de Formación continua de la administraciones Públicas, universidades
o colegios profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado
siempre que hayan sido oficialmente reconocidos, que se acrediten mediante
título, diploma o certificación de acuerdo con la siguiente escala según su duración.
— Cursos de hasta 30 horas, 0,5 punto por curso.
— Cursos de 31 a 60 horas, 0,75 puntos por curso.
— Cursos de 61 a 120 horas, 1 puntos por curso.
— Cursos de 121 a 250 horas, 1,25 puntos por curso.
— Cursos de más de 250, 1,5 puntos por curso.
8.2.2. Formación específica: (hasta un máximo de 10 puntos):
Titulación Superior (con un máximo de 5 puntos).—Se valorará con 5 puntos
la posesión de titulaciones académicas oficiales de nivel superior a la Titulación requerida para el acceso a la plaza convocada. Se entenderá por Titulación
superior la posesión de formación con un grado superior al grado 2 según los
niveles MECES aprobado por Consejo de Ministros. De igual forma se valorará como titulación superior la Titulación de Postgrado, Master Universitario
o Doctorado.
Publicaciones en materia educativa (con un máximo de 3 puntos).—Por cada
autoría o coautoría de publicaciones de temarios, manuales, libros…etc. en
materia educativa 1 punto por cada publicación hasta un máximo de 3 puntos.
Coordinación de cursos, seminarios y talleres (con un máximo de 2 puntos).—
Coordinación de cursos, seminarios, talleres …etc. de carácter educativo, or-

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