B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221227-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 20 diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades por la que se convoca procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas y Artes Plásticas y Diseño
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

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acreditativa de los méritos que ya aportaron en dicha convocatoria excepto,
la documentación justificativa de los méritos que hayan perfeccionado con
posterioridad a fecha 21 de diciembre de 2022, fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en dicho procedimiento, o cualquier otro
mérito que considere oportuno.
La puntuación correspondiente a la fase de concurso del presente procedimiento selectivo se obtendrá aplicando la puntuación establecida en el
anexo II de la presente convocatoria.
4.4.2.2. Aspirantes que han participado por distinta especialidad en el procedimiento convocado por dicha Resolución de 11 de noviembre de 2022, así como
los aspirantes que no participaron.
Estos aspirantes tendrán que aportar toda la documentación acreditativa necesaria, según lo especificado en el apartado 4.4 de la presente convocatoria.
4.4.3. Otra documentación:
a) Cursos inscritos en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de la
Comunidad de Madrid: Los aspirantes que tengan inscrito algún curso en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad de Madrid no
tendrán que presentar la documentación justificativa del mismo, marcando la casilla correspondiente en el apartado C de la solicitud. La Comunidad de Madrid
consultará, por medios electrónicos, los datos de los cursos inscritos en el citado
registro. En caso de que el interesado se oponga a la consulta, deberá aportar la correspondiente documentación.
b) Expediente académico obtenido en el extranjero: a efectos de valoración del expediente académico correspondiente al título alegado para el ingreso, obtenido en el
extranjero, la declaración de Equivalencia de Nota Media es un procedimiento en línea y gratuito que se proporciona a través de la Sede Electrónica del Ministerio de
Educación y Formación Profesional, al amparo de la Resolución de la Dirección General de Política Universitaria de 21 de marzo de 2016, por la que se actualiza la relación de escalas de calificación de los estudios o títulos universitarios extranjeros y
las equivalencias al sistema de calificación de las universidades españolas, complementada por la Resolución de 21 de julio de 2016, de la Dirección General de Política Universitaria, para que cada usuario genere su propia declaración, y al cual se
accede a través del siguiente enlace:
http://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/gestion-titulos/estudiosuniversitarios/titulos-extranjeros/equivalencia-notas-medias.html
En el caso de que se alegue justificadamente imposibilidad para actuar como se indica en el párrafo precedente, se deberá adjuntar la certificación expedida por la
Administración Educativa del país en que se obtuvo el título, que indique la nota
media deducida de las calificaciones obtenidas en toda la carrera, y que exprese
además, las calificaciones máxima y mínima obtenible de acuerdo con el sistema
académico correspondiente, a efectos de determinar su equivalencia con el sistema de calificación español.
El objeto de la declaración de equivalencia de la nota media de expedientes académicos universitarios de estudios realizados en centros extranjeros es facilitar la
emisión de un documento de equivalencia de las notas medias de estudios y títulos universitarios realizados en el extranjero a los correspondientes españoles, que
pueda ser presentado en los procedimientos de concurrencia competitiva en que la
nota media sea un requisito, mérito o elemento de valoración.
Esta declaración no exime de aportar la certificación expedida por la Administración Educativa del país en que se obtuvo el título indicado.

Listas de admitidos y excluidos en el procedimiento
5.1. Listas provisionales de admitidos y excluidos: finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos dictará Resolución declarando aprobadas las listas provisionales de los candidatos admitidos y excluidos. En dicha
Resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se
informará de las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de los
motivos de exclusión, así como los aspirantes que, por no poseer la nacionalidad española,

BOCM-20221227-2

Quinta