B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221227-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 20 diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades por la que se convoca procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas y Artes Plásticas y Diseño
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B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

Solamente se valorará la documentación perfeccionada a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes de participación en este procedimiento selectivo, y que
dentro de dicho plazo, se alegue y acredite debidamente con la documentación justificativa
correspondiente.
En el supuesto de que del examen de la citada documentación se dedujera que los aspirantes carecen de los requisitos señalados en la Base Tercera, “Requisitos que deben reunir los aspirantes”, quedarían anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Asimismo, si de los documentos justificativos de los méritos presentados inicialmente junto con la solicitud se observase algún indicio de manipulación, los aspirantes podrán
ser excluidos del procedimiento, sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad en que hubiesen podido incurrir.
La fecha límite para aportar la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos será la del día de finalización del plazo para presentar las solicitudes de participación.
La documentación requerida deberá ser remitida según lo dispuesto en el apartado 4.1.1
de esta base.
El solicitante deberá asegurarse de que adjunta los archivos y de que éstos son anexados correctamente:
4.4.1. Documentación acreditativa de los requisitos de participación:
Junto con la solicitud de participación en el procedimiento, es imprescindible adjuntar
la siguiente documentación:
a) Para la acreditación de la identidad.
1. Aspirantes que posean la nacionalidad española: Documento Nacional de
Identidad en vigor en caso de oponerse a su consulta por la Comunidad de
Madrid, marcando la casilla correspondiente en el apartado de la solicitud:
“Documentación requerida”.
2. Aspirantes que no posean la nacionalidad española:
— Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán aportar el correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su
defecto, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
— Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, o de algún Estado
al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, les sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores, y que no residan en España,
bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de
estancia, deberán aportar el documento de identidad o pasaporte.
— Quienes participen por su condición de familiares de los anteriores deberán aportar el pasaporte o visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta, o del resguardo de haber solicitado la
exención de visado o de dicha tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
responsable de la persona con la que existe este vínculo, de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3. Representación: en aquellos casos en los que se consigne en la solicitud que
se actuará por medio de representante se deberá aportar:
— DNI del representante, en el caso de oponerse a su consulta por la Administración.
— Documento por el que se otorga la representación.
b) Ejemplar del impreso modelo 030: el ejemplar para la Administración del impreso
modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen, debidamente mecanizado y validado mecánicamente por la entidad bancaria o, en su
caso, la documentación acreditativa de la exención del pago de la misma, todo ello
en los términos dispuestos en el apartado 4.3 de esta base.
c) Candidatos que se presenten por el turno de discapacidad: aquellos candidatos que
tengan reconocido su grado de discapacidad por centros ubicados fuera de la Co-

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BOCM-20221227-2

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