B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221227-1)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se convoca procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema de concurso oposición, para ingreso en el Cuerpo de Maestros
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 308

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
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RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades,
por la que se convoca procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema
de concurso oposición, para ingreso en el Cuerpo de Maestros.

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la
Temporalidad en el Empleo Público, procedente del Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, establece en su artículo 2 la regulación de procesos de estabilización de plazas ocupadas temporalmente, concretando en su apartado 4 que dicho proceso, se efectuará mediante un procedimiento selectivo a través del sistema de concurso-oposición. Asimismo,
dispone que la publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público deberá producirse antes del 31
de diciembre de 2022.
En desarrollo de lo anterior y con el objeto de regular con carácter básico los procedimientos selectivos de ingreso derivados de la citada Ley 20/2021, se dictó el RD 270/2022
que modificó el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes
a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley, añadiendo, entre otros aspectos, una nueva disposición transitoria cuarta con las
reglas aplicables al proceso selectivo de estabilización a convocar por las administraciones
educativas mediante el sistema de concurso oposición.
En este marco normativo, se convoca procedimiento selectivo por el sistema de concurso oposición, con un total de 401 plazas, para el Cuerpo de Maestros, que impartan docencia en centros educativos públicos dependientes de la Comunidad de Madrid. Dichas
plazas provienen de la tasa de estabilización de efectivos establecida en el Anexo III,
apartado 2, de la Oferta de Empleo Público de personal funcionario docente de enseñanzas no universitarias de la Comunidad de Madrid para el año 2019 aprobada por el Decreto 15/2019, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno. Asimismo, el presente procedimiento se formula en base a los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito,
capacidad y publicidad.
Cabe destacar que en este procedimiento selectivo la fase de oposición constará de una
única prueba estructurada en dos partes (A y B) que no tendrán carácter eliminatorio. La
parte A tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios de la especialidad docente a la que se opta. La parte B se divide en dos partes: B1 y B2, consistentes en la preparación, presentación y exposición y defensa de una Unidad didáctica / Situación de aprendizaje y la realización de un ejercicio de carácter práctico, respectivamente. A
su vez, esta parte B2, en todas las especialidades convocadas, excepto en Educación Infantil, se divide, a su vez, en dos partes: B2.1, consistente en una prueba común y B2.2, que es
el ejercicio práctico. La parte A se ponderará con un 40 por 100 y la parte B un 60 por 100,
correspondiendo a cada una de las partes B1 y B2 un 50 por 100. En la nota final y global
de la prueba, que será de 0 a 10, deberá obtenerse al menos 5 puntos para acceder a la fase
de concurso.
En la fase de concurso, se valorarán la experiencia previa, la formación académica y
otros méritos (la superación de la fase de oposición en la misma especialidad del cuerpo al
que se opta, en anteriores procedimientos selectivos de ingreso en la función pública docente celebrados desde 2012, así como la formación permanente). La puntuación global del
concurso-oposición resultará de la ponderación de un 60 por 100 para la fase de oposición
y de un 40 por 100 para la fase de concurso, con una puntuación final entre 0 y 10 puntos.
En los casos en que esta Resolución, sus bases y sus anexos utilizan el género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos, debe entenderse que se hace por
mera economía en la expresión, y que deben asimilarse indistintamente a todas las perso-

BOCM-20221227-1

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