D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221227-44)
Convenio – Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Daganzo para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
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Pág. 397
Ejemplares o pruebas gráficas de los materiales o elementos de difusión.
Listados de participantes en los talleres, en todo caso, en los de convivencia en
igualdad y gestión del tiempo. Y/o pruebas documentales o gráficas de la realidad
material de las actuaciones desarrolladas.
Declaración de gastos y pagos del Interventor o, en su caso, persona que ostente la
competencia, con el Conforme y Visto Bueno de la Alcaldía, según modelo que consta en
este Convenio como Anexo C.
Certificado de que el IVA que pudiera figurar en las facturas, incluido en la liquidación
de gastos, ha sido soportado por la Entidad Local y/o declaración de exención del
mismo, según modelo normalizado facilitado por la Dirección General de Igualdad.
Certificado de la no concurrencia con otras subvenciones o ayudas públicas o privadas,
según modelo normalizado facilitado por la Dirección General de Igualdad.
Certificado de no generación de ingresos, según modelo normalizado facilitado por la
Dirección General de Igualdad.
Justificación de la realización y liquidación de las retenciones practicadas aterceros.
La Dirección General de Igualdad facilitará a la Entidad Local las instrucciones y soportes
documentales necesarios a la firma del Convenio.
VIII. MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES
A instancia de la Entidad Local, y con el informe favorable de la Comisión de
Seguimiento, podrán modificarse las cuantías asignadas entre las distintas líneas de actuación
que componen el Programa, siempre que la modificación propuesta no suponga una minoración
de más del 50% de la cuantía asignada para esa línea de actuación:
-
Entre las actuaciones en materia de promoción de la igualdad de oportunidades en
materia de salud y cultura y de acceso a la sociedad de la información y las
actuaciones en materia de participación social y de incorporación de la perspectiva de
género en la Administración Local.
Y por otro lado se podrán realizar modificaciones entre las cuantías de los objetivos
estratégicos pertenecientes a una misma línea de actuación, detalladas por la entidad local en la
previsión presupuestaria a la que se refiere el punto V, apartado b) de este Anexo.
Las modificaciones sólo serán tramitadas si la solicitud de las mismas se presenta al
menos con un mes de antelación al final de cada periodo de justificación.
BOCM-20221227-44
No será necesaria la modificación de las distintas líneas de actuación incluidas en este
Anexo, y se procederá directamente a la compensación, al finalizar el periodo de ejecución,
siempre con el límite de la cantidad total del citado Anexo, cuando exista exceso de gasto en
alguna de las líneas de actuación con posibilidad de modificación entre las mismas, o en alguna
de las partidas de gastos de una misma línea de actuación.
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
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Pág. 397
Ejemplares o pruebas gráficas de los materiales o elementos de difusión.
Listados de participantes en los talleres, en todo caso, en los de convivencia en
igualdad y gestión del tiempo. Y/o pruebas documentales o gráficas de la realidad
material de las actuaciones desarrolladas.
Declaración de gastos y pagos del Interventor o, en su caso, persona que ostente la
competencia, con el Conforme y Visto Bueno de la Alcaldía, según modelo que consta en
este Convenio como Anexo C.
Certificado de que el IVA que pudiera figurar en las facturas, incluido en la liquidación
de gastos, ha sido soportado por la Entidad Local y/o declaración de exención del
mismo, según modelo normalizado facilitado por la Dirección General de Igualdad.
Certificado de la no concurrencia con otras subvenciones o ayudas públicas o privadas,
según modelo normalizado facilitado por la Dirección General de Igualdad.
Certificado de no generación de ingresos, según modelo normalizado facilitado por la
Dirección General de Igualdad.
Justificación de la realización y liquidación de las retenciones practicadas aterceros.
La Dirección General de Igualdad facilitará a la Entidad Local las instrucciones y soportes
documentales necesarios a la firma del Convenio.
VIII. MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES
A instancia de la Entidad Local, y con el informe favorable de la Comisión de
Seguimiento, podrán modificarse las cuantías asignadas entre las distintas líneas de actuación
que componen el Programa, siempre que la modificación propuesta no suponga una minoración
de más del 50% de la cuantía asignada para esa línea de actuación:
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Entre las actuaciones en materia de promoción de la igualdad de oportunidades en
materia de salud y cultura y de acceso a la sociedad de la información y las
actuaciones en materia de participación social y de incorporación de la perspectiva de
género en la Administración Local.
Y por otro lado se podrán realizar modificaciones entre las cuantías de los objetivos
estratégicos pertenecientes a una misma línea de actuación, detalladas por la entidad local en la
previsión presupuestaria a la que se refiere el punto V, apartado b) de este Anexo.
Las modificaciones sólo serán tramitadas si la solicitud de las mismas se presenta al
menos con un mes de antelación al final de cada periodo de justificación.
BOCM-20221227-44
No será necesaria la modificación de las distintas líneas de actuación incluidas en este
Anexo, y se procederá directamente a la compensación, al finalizar el periodo de ejecución,
siempre con el límite de la cantidad total del citado Anexo, cuando exista exceso de gasto en
alguna de las líneas de actuación con posibilidad de modificación entre las mismas, o en alguna
de las partidas de gastos de una misma línea de actuación.