D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221227-43)
Convenio – Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Collado Villalba, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 340
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 308
cesión, así como los requisitos que deben cumplir las personas que perciban esta ayuda
económica, el baremo utilizado para la concesión, el importe de las cuantías económicas,
etc., deberán ser acordados por la Comisión Sectorial de Seguimiento de este Programa.
b) El desarrollo de actuaciones desde el punto de vista grupal, potenciando la interacción social, el intercambio de experiencias y la creación de redes de apoyo entre las propias víctimas para impulsar proyectos de vida independientes para todas ellas a través de la cooperación y la ayuda mutua, y que podrán concretarse en talleres que aborden cuestiones relacionadas con la orientación e inserción laboral, la búsqueda de empleo, el cuidado de los
hijos, la adquisición de hábitos saludables, etc. Para su ejecución, deberán contar con el visto
bueno de la Dirección General de Igualdad de la Consejería competente.
Además, podrán financiarse con cargo a esta línea de actuación gastos corrientes para el mantenimiento del PMORVG, cuya cuantía no podrá superar el 3% del importe total del Programa (gastos de
agua, luz, teléfono, material de oficina y otros de naturaleza similar que resulten imprescindibles para su
funcionamiento). Quedan excluidos de la financiación por este concepto, además de los gastos inventariables, los gastos de personal.
III. ACTUACIONES EN MATERIA DE SENSIBILIZACIÓN Y PREVENCIÓNDE LA VIOLENCIA DE
GÉNERO
Además de las actuaciones conmemorativas con motivo del Día Internacional de la Eliminación de
la Violencia contra la Mujer, la Entidad Local deberá poner en marcha a lo largo del periodo de
vigencia de este Convenio:
a) Actuaciones en materia de sensibilización en el ámbito local: Podrán realizarse en el ámbito
de la Entidad Local acciones dirigidas a sensibilizar a la población para que tome conciencia
del problema de la violencia de género en sus diferentes manifestaciones, desde una óptica
positiva y constructiva y en base al modelo de igualdad de género, potenciando el uso de
un lenguaje inclusivo.
Dentro de este apartado, la Entidad Local podrá realizar alguna o varias delas siguientes
actividades:
-
-
Campañas de sensibilización dirigidas a la población general, en las que se refleje la
magnitud, características y formas en que se manifiesta la violencia de género, teniendo
en cuenta las circunstancias específicas que concurren en las mujeres inmigrantes, en
las mujeres con discapacidad y otros colectivos (étnicos, culturales o religiosos), en las
que están en situación de prostitución y trata, y en los menores y otras personas dependientes de las mujeres, así como los distintos tipos de violencia, y no solo la de carácter
más extremo y la de tipo físico.
Campañas divulgativas de las medidas de asistencia, atención y protección, tendentes a visibilizar y difundir la labor que se realiza en la Red de Puntos Municipales del Observatorio
Regional contra la Violencia de Género.
Jornadas y actividades de sensibilización para potenciar un modelo social basado en la
igualdad y visualizar la violencia de género en sus diferentes manifestaciones (física,
psicológica, sexual, mutilación genital femenina, inducir o forzar a ejercer la prostitución,
acoso sexual en el trabajo, detenciones, amenazas, coacciones o trata de mujeres con
fines de explotación laboral o sexual, y sin olvidar otras más sutiles, como los denominados “micromachismos”, y que podrán ser desarrolladas en distintos ámbitos (dirigidas
a población en general, población joven y adolescente, centros escolares, centros de
mayores, asociaciones, etc.).
Dentro de este apartado, la Entidad Local podrá realizar alguna o varias delas siguientes
actividades:
-
Campañas de prevención dirigidas a la población general y a mujeres en situación de
vulnerabilidad, como mujeres de edad avanzada, mujeres con discapacidad, mujeres del
medio rural, adolescentes, mujeres inmigrantes ominorías étnicas, etc.).
Campañas de información y prevención dirigidas a hombres y adolescentes varones,
abordadas desde la perspectiva de igualdad de género y que tengan como objetivo el re-
BOCM-20221227-43
b) Actuaciones en materia de prevención en el ámbito local: Podrán realizarse en el ámbito de
la Entidad Local acciones dirigidas a prevenir la violencia de género, especialmente aquellas dirigidas a reconocer las señales de alerta de violencia de género en sus fases iniciales,
incidiendo en la violencia psicológica, y teniendo en cuenta a las mujeres especialmente
vulnerables.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022
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cesión, así como los requisitos que deben cumplir las personas que perciban esta ayuda
económica, el baremo utilizado para la concesión, el importe de las cuantías económicas,
etc., deberán ser acordados por la Comisión Sectorial de Seguimiento de este Programa.
b) El desarrollo de actuaciones desde el punto de vista grupal, potenciando la interacción social, el intercambio de experiencias y la creación de redes de apoyo entre las propias víctimas para impulsar proyectos de vida independientes para todas ellas a través de la cooperación y la ayuda mutua, y que podrán concretarse en talleres que aborden cuestiones relacionadas con la orientación e inserción laboral, la búsqueda de empleo, el cuidado de los
hijos, la adquisición de hábitos saludables, etc. Para su ejecución, deberán contar con el visto
bueno de la Dirección General de Igualdad de la Consejería competente.
Además, podrán financiarse con cargo a esta línea de actuación gastos corrientes para el mantenimiento del PMORVG, cuya cuantía no podrá superar el 3% del importe total del Programa (gastos de
agua, luz, teléfono, material de oficina y otros de naturaleza similar que resulten imprescindibles para su
funcionamiento). Quedan excluidos de la financiación por este concepto, además de los gastos inventariables, los gastos de personal.
III. ACTUACIONES EN MATERIA DE SENSIBILIZACIÓN Y PREVENCIÓNDE LA VIOLENCIA DE
GÉNERO
Además de las actuaciones conmemorativas con motivo del Día Internacional de la Eliminación de
la Violencia contra la Mujer, la Entidad Local deberá poner en marcha a lo largo del periodo de
vigencia de este Convenio:
a) Actuaciones en materia de sensibilización en el ámbito local: Podrán realizarse en el ámbito
de la Entidad Local acciones dirigidas a sensibilizar a la población para que tome conciencia
del problema de la violencia de género en sus diferentes manifestaciones, desde una óptica
positiva y constructiva y en base al modelo de igualdad de género, potenciando el uso de
un lenguaje inclusivo.
Dentro de este apartado, la Entidad Local podrá realizar alguna o varias delas siguientes
actividades:
-
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Campañas de sensibilización dirigidas a la población general, en las que se refleje la
magnitud, características y formas en que se manifiesta la violencia de género, teniendo
en cuenta las circunstancias específicas que concurren en las mujeres inmigrantes, en
las mujeres con discapacidad y otros colectivos (étnicos, culturales o religiosos), en las
que están en situación de prostitución y trata, y en los menores y otras personas dependientes de las mujeres, así como los distintos tipos de violencia, y no solo la de carácter
más extremo y la de tipo físico.
Campañas divulgativas de las medidas de asistencia, atención y protección, tendentes a visibilizar y difundir la labor que se realiza en la Red de Puntos Municipales del Observatorio
Regional contra la Violencia de Género.
Jornadas y actividades de sensibilización para potenciar un modelo social basado en la
igualdad y visualizar la violencia de género en sus diferentes manifestaciones (física,
psicológica, sexual, mutilación genital femenina, inducir o forzar a ejercer la prostitución,
acoso sexual en el trabajo, detenciones, amenazas, coacciones o trata de mujeres con
fines de explotación laboral o sexual, y sin olvidar otras más sutiles, como los denominados “micromachismos”, y que podrán ser desarrolladas en distintos ámbitos (dirigidas
a población en general, población joven y adolescente, centros escolares, centros de
mayores, asociaciones, etc.).
Dentro de este apartado, la Entidad Local podrá realizar alguna o varias delas siguientes
actividades:
-
Campañas de prevención dirigidas a la población general y a mujeres en situación de
vulnerabilidad, como mujeres de edad avanzada, mujeres con discapacidad, mujeres del
medio rural, adolescentes, mujeres inmigrantes ominorías étnicas, etc.).
Campañas de información y prevención dirigidas a hombres y adolescentes varones,
abordadas desde la perspectiva de igualdad de género y que tengan como objetivo el re-
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b) Actuaciones en materia de prevención en el ámbito local: Podrán realizarse en el ámbito de
la Entidad Local acciones dirigidas a prevenir la violencia de género, especialmente aquellas dirigidas a reconocer las señales de alerta de violencia de género en sus fases iniciales,
incidiendo en la violencia psicológica, y teniendo en cuenta a las mujeres especialmente
vulnerables.