Madrid (BOCM-20221227-58)
Otros anuncios. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Acceso a Zona de Bajas Emisiones
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B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE DICIEMBRE DE 2022

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
OTROS ANUNCIOS

Resolución de 22 de diciembre de 2022, del director general de Sostenibilidad y Control Ambiental, por la que se concede permiso extraordinario de acceso a la zona de bajas
emisiones de especial protección (ZBEDEP), Distrito de Centro, en la franja horaria comprendida entre las 0:00 y las 7:00 horas, a los vehículos acreditados que realizan reparto de
prensa en dicha Zona de Bajas Emisiones.
La Ordenanza 10/2021, de 13 de septiembre, por la que se modifica la Ordenanza de
Movilidad sostenible de 5 de octubre de 2018 (en adelante, OMS) fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 13 de septiembre y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID el 21 de septiembre. Regula, entre otras cuestiones, las nuevas Zonas de Bajas Emisiones de la ciudad y, en particular, la Zona de Bajas Emisiones de
Especial Protección (ZBEDEP) Distrito de Centro, que introduce algunas modificaciones
respecto al régimen anterior de la Zona de Bajas Emisiones “Madrid Central”. El artículo 23 sigue siendo el que define los motivos de su creación, delimita su ámbito territorial y
establece los criterios de acceso y funcionamiento y estos últimos son desarrollados en su
apartado 3 en función de la clasificación de los vehículos por su potencial contaminante y
la función y necesidad de acceso de dichos vehículos a la Zona.
La disposición transitoria tercera, por su parte, en su apartado cuarto, es la que establece el horario general durante el cual se permite el acceso a la ZBEDEP Distrito de Centro
a los vehículos de empresas y de profesionales que prestan servicios o entregan o recogen
suministros en la citada Zona. Sin embargo, la modificación de la OMS incorpora, en el artículo 22, la regulación general de las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección, en
cuyo apartado 9 reconoce la posibilidad de autorizar, con carácter excepcional, el acceso a
la ZBEDEP Distrito de Centro, mediante resolución del órgano municipal competente, de
aquellos vehículos cuya necesidad de acceso se justifique motivadamente.
El permiso de acceso, con horario extendido, para el colectivo de reparto de prensa está
recogido en la resolución de 11 de noviembre de 2022, del director general de Sostenibilidad y Control Ambiental, que fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el día 12 de diciembre de 2022.
Por otra parte, la resolución de 10 de diciembre de 2020, de la directora general de
Gestión y Vigilancia de la Circulación, estableció los requisitos necesarios para acreditar a
los vehículos destinados al reparto y suministro de prensa a quioscos ubicados en espacios
públicos, así como el modelo de vinilo identificativo, que permiten acreditar dichos vehículos como autorizados para el reparto de prensa.
Considerándose que se mantiene la necesidad privada que acucia al colectivo de empresas y profesionales autónomos que desarrollan la actividad de reparto de prensa en la ZBEDEP Distrito de Centro, así como el interés general al que responde, con base en el apartado 9 del artículo 22 de la OMS, se procedió a renovar los términos ya recogidos en la
resolución del director general de Sostenibilidad y Control Ambiental, de 7 de octubre
de 2021, con el objeto de ampliar el horario de acceso a la ZBEDEP Distrito de Centro de
los vehículos de las empresas y profesionales que realizan el reparto de prensa en dicha
Zona, respecto al horario establecido con carácter general en la disposición transitoria tercera de la OMS, y por este motivo se dictó la resolución de 11 de noviembre de 2022. Todo
ello, con el objetivo de facilitar el desarrollo de esta actividad, que presenta una evidente singularidad en lo que respecta a la franja horaria en la que se desenvuelve.
En otro orden de cosas, de conformidad con la disposición final cuarta de la Ordenanza
de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular, aprobada
mediante Acuerdo plenario de 20 de diciembre de 2022, se ha modificado el apartado 2 de la
disposición transitoria tercera de la OMS en el sentido de permitir, hasta el 31 de diciembre
de 2023, el acceso a la ZBEDEP Distrito de Centro de los vehículos con al menos cuatro ruedas y MMA no superior a tres mil quinientos kilogramos que dispongan de clasificación am-

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