Móstoles (BOCM-20221223-112)
Ofertas de empleo. Patronato Municipal de Escuelas Infantiles. Bases procesos selectivos
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BOCM

VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 305

2.2. Los requisitos establecidos en la base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, y mantenerse durante
todo el proceso selectivo.
3. Solicitudes de participación
3.1. Para participar en los correspondientes procesos selectivos se deberá cumplimentar necesariamente el modelo normalizado de solicitud de admisión a pruebas selectivas del Ayuntamiento de Móstoles, que deberá ir acompañado de copia de la documentación establecida en el punto 3.4 de la presente base.
3.2. Forma y lugar de presentación: La solicitud para tomar parte en el proceso selectivo se extenderá en el impreso normalizado que podrá obtenerse gratuitamente en las
oficinas de Registro del Ayuntamiento de Móstoles, así como en la web municipal
( http://www.mostoles.es ). Se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, en sus
Registros Auxiliares o en cualquier otro registro de los establecidos en el artículo 16 de la
LPACAP.
3.3. Plazo de presentación: el plazo de presentación de las solicitudes será de diez
días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria
en el “Boletín Oficial del Estado”. En dicho extracto figurará la oportuna referencia al número y fecha del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que se hubiesen
publicado íntegramente, con carácter previo, estas bases.
3.4. Documentos a adjuntar: para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las personas aspirantes manifestarán en sus solicitudes de
participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en el apartado anterior, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, debiendo ir acompañadas en su presentación, por los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor.
b) Recibo de haber abonado Los Derechos de Examen correspondientes según lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen del
Ayuntamiento de Móstoles, que se hará efectivo mediante autoliquidación, por las
siguientes cantidades:
— Subgrupo A2: 24,34 euros.
— Subgrupo C1: 18,26 euros.
El cumplimiento de este requisito deberá realizarse inexcusablemente dentro del
plazo de presentación de instancias, no siendo posible la subsanación, ni total ni
parcial del mismo, fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de
subsanación la acreditación de su realización en el plazo indicado.
De conformidad con la Ordenanza Fiscal Reguladora de dicha Tasa, se aplicará
una reducción sobre las tarifas del 100 por 100 en los siguientes casos:
— Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
— Aquellas personas que figurasen como demandantes de empleo en la fecha de
solicitud de admisión a pruebas.
— Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición.
Estas situaciones deberán documentarse debidamente, de la siguiente forma:
— Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, deberán presentar certificado acreditativo de tal condición.
— Los sujetos pasivos que hayan alegado figurar como demandantes de empleo,
deberán presentar certificación relativa a esta circunstancia, que podrá expedir la oficina de los servicios públicos de empleo; además deberán presentar
una declaración jurada alegando carecer de rentas superiores, en cómputo
mensual, al salario mínimo interprofesional.
— Los miembros de familias numerosas deberán presentar documento acreditativo de reconocimiento de dicha condición.
c) Fotocopia de la titulación exigida en las bases o justificante de haber abonado la
tasa por los derechos para su expedición junto con el certificado acreditativo de
haber finalizado los estudios correspondientes. Si estos documentos fuesen expedidos con posterioridad a la fecha en que finalizó el plazo de admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que concluyeron los estudios. En caso de
titulaciones que hayan sido obtenidas en el extranjero, deberá aportarse la credencial acreditativa de su correspondiente homologación.

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