Alcorcón (BOCM-20221223-66)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
5 páginas totales
Página
Pág. 186

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 305

El ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de 30 puntos. El Tribunal hará pública en la página web la calificación del ejercicio.
B. Fase de concurso:
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. La puntación máxima que podrá obtenerse será de 40 puntos.
B.1. Baremo:
B.1.1. Experiencia Profesional:
La suma conjunta de este apartado tendrá un máximo de 36 puntos.
No se podrá puntuar acumulativamente el desempeño en el mismo
periodo de tiempo.
a) Experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo
de Profesor/a Adjunto/a Escuela de Música vinculado a las especialidades de Piano y Lenguaje Musical en el Ayuntamiento
de Alcorcón, a razón de 0,50 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 30 puntos.
b) Experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo
de Profesor/a Adjunto/a Escuela de Música vinculado a las especialidades de Piano y Lenguaje Musical en Administraciones
Locales de más de 150.000 habitantes, a razón de 0,20 puntos
por mes completo trabajado hasta un máximo de 4 puntos.
c) Experiencia profesional en el desempeño del puesto de trabajo
de Profesor/a Adjunto/a Escuela de Música vinculado a las especialidades de Piano y Lenguaje Musical en otras Administraciones Públicas a razón de 0,10 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 2 puntos.
En caso de que la experiencia sea a tiempo parcial, la puntuación
por mes se computará de forma proporcional.
B.1.2. Formación:
En este apartado se puntuarán los cursos relacionados con el puesto
de trabajo. Se otorgarán 0,005 puntos hasta un máximo de 4 puntos
por hora formativa acreditada y relacionada con el puesto de trabajo convocado siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Únicamente se valorarán aquellos cursos superados para los cuales se presente un certificado de acreditación o diploma con el
nombre del aspirante, fecha de expedición y duración del mismo.
b) Los cursos deberán tendrán una duración mínima acreditada al
menos igual o superior a 20 horas.
c) En aquellos casos en que el título y la denominación de la actividad formativa que figura en la documentación acreditativa no permita identificar nítidamente el área o contenido formativo a que
se refiere, el interesado deberá aportar el programa formativo.
d) Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades
acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones
Públicas o que cuenten con convenios de formación con las Administraciones Públicas.
e) Los cursos relacionados con temas de Igualdad y Prevención de
Riesgos Laborales se puntuarán hasta un máximo de 0,50 puntos.
C. Procedimiento de valoración:
Con todos aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición, el Tribunal elaborará una relación que contendrá la nota conseguida en la fase de oposición, la nota que el aspirante haya declarado en la ficha auto-evaluativa de méritos de su solicitud, así como la puntuación total, considerando esta como la suma
de ambas notas.

BOCM-20221223-66

BOCM