D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221223-35)
Convenio –  Convenio de 9 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y don Francisco Santayana Zurdo, en condición de propietario de la parcela con referencia catastral 28031a013000540000zk del municipio de Cadalso de los Vidrios, por el que se instrumenta la concesión directa de una ayuda en especie para la realización de diversos trabajos de restauración incluidos en el Decreto 239/2019, de 24 de septiembre, por el que se declara zona de actuación urgente
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 305

VIII. Los trabajos de recuperación realizados hasta la fecha, tanto en los terrenos públicos por ejecución directa de la administración como en los terrenos particulares mediante los convenios firmados anteriormente, han conseguido que las poblaciones de escolítidos
no hayan aumentado hasta ahora de una manera epidémica.
Sin embargo, quedan zonas con madera muerta y zonas de bordes de masa con ejemplares no quemados del todo pero debilitados por el paso del fuego que son especialmente
apetecibles para estos insectos y que son los más preocupantes desde el punto de vista de la
propagación de las plagas forestales y más urgentes de retirar, ya que son el foco de los destructivos brotes de poblaciones de insectos perforadores que pueden surgir a lo largo de tres
y cuatro años posteriores al incendio y comprometer las masas sanas.
A este riesgo tan preocupante de propagación de las plagas forestales, se une el grave
perjuicio que causa al desarrollo de la regeneración natural el no retirar en años posteriores
al incendio los árboles muertos en pie, ya que la remoción del suelo por el movimiento de
maquinaria y por el arrastre de fustes unido a la insolación, favorece notablemente la germinación de los piñones (sobre todo del pino resinero Pinus pinaster) y el recepe de las frondosas induce la brotación vigorosa de las matas de encina, castaño y cerezo.
IX. Con este escenario y la realidad de los trabajos ejecutados hasta el momento (disponibilidad presupuestaria, tramitación administrativa y realidad de ejecución de la obra en
el medio natural, sujeta siempre a las imprevisibles condiciones meteorológicas y dificultades técnicas), se ha procedido a revisar el plazo de ejecución estimado inicialmente en el
Plan Técnico aprobado con fecha 17 de septiembre de 2019 previo a la declaración de la
ZAU, conforme permite el apartado 4 del mismo, considerando necesario su ampliación
hasta abril de 2023, momento en el que se estima que queden finalizados todos los trabajos de restauración indicados en dicho Plan en los terrenos afectados pendientes. Se ha realizado esta revisión de plazos mediante la firma de una adenda a este Plan Técnico con fecha 7 de junio de 2021.
X. Dentro del plazo de 15 días hábiles previsto en el dispositivo segundo del Decreto 239/2019, de 24 de septiembre, el particular don José Santayana Zurdo prestó su conformidad para convenir con la Comunidad de Madrid la realización de las actuaciones previstas en el Decreto de declaración de la zona de actuación urgente. Habiendo causado
fallecimiento el interesado, su heredero don Francisco Santayana Zurdo, con fecha de 11 de
abril de 2022, manifestó su intención de subrogarse al derecho de convenir actuaciones,
aportando documentación suficiente al respecto.
Don José Santayana Zurdo presentó conformidad, en su día, para suscribir convenio
sobre tres parcelas, todas del municipio de Cadalso de los Vidrios. La parcela 45 del polígono 11 no se encuentra incluida dentro de la zona afectada por el incendio y se emitió
Resolución del Director General de Biodiversidad y Recursos Naturales de denegación de
la misma con fecha 9 de diciembre de 2020. La parcela 138 del polígono 15 no reúne los requisitos necesarios para ser considerada terreno forestal y se emitió Resolución del Director
General de Biodiversidad y Recursos Naturales de denegación de la misma con fecha 18 de
mayo de 2022. Ambas parcelas quedan excluidas del objeto del presente convenio.
Don Francisco Santayana Zurdo es el actual propietario de la parcela con referencia
catastral 28031A013000540000ZK, del municipio de Cadalso de los Vidrios, constituida
por terrenos forestales afectados por el incendio por el que se dictó el Decreto que declaró
la zona de actuación urgente, según consta en la documentación obrante en el expediente
instruido por la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales; en concreto, en
virtud de la escritura de aceptación y adjudicación de herencia formalizada al fallecimiento de don José Santayana Zurdo y otorgada ante la notaria doña Mónica Teresa Azqueta
Nava, del Ilustre Colegio de Notarios de Madrid, con residencia en Pinto, con fecha 23 de
noviembre de 2021 y número 1.280 de su protocolo, y de nota simple del Registro de la Propiedad de San Martín de Valdeiglesias de la finca 6402 de Cadalso de los Vidrios.
XI. La naturaleza jurídica de estas actuaciones es de ayuda en especie, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El procedimiento de concesión utilizado es el de concesión directa previsto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo de subvenciones
de la Comunidad de Madrid, correspondiendo al Consejo de Gobierno la autorización del
convenio con los beneficiarios de las ayudas. Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno
de 16 de noviembre de 2022 se aprobó la celebración del presente convenio.
De conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan la formalización del presente convenio, con arreglo a las siguientes

BOCM-20221223-35

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