C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221222-20)
Plan sostenibilidad turística –  Orden 2443/2022, de 5 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la ejecución del “Plan de sostenibilidad turística en destino de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya”, que forma parte del “Plan territorial de la Comunidad de Madrid 2021”, a cargo del mecanismo de recuperación, transformación y resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation UE)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 304

d Para mitigación del cambio climático: “En la rehabilitación de edificios se tendrá en consideración las directrices recogidas en la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficacia energética de los edificios de cara a que sean edificios de consumo de energía casi nulo, permitiendo reducir de forma significativa el
consumo de energía primaria no renovable”.
d Para adaptación al cambio climático: “Las medidas de rehabilitación permitirán
contribuir a la adaptación de los edificios al cambio climático, adoptando las soluciones de adaptación que sean posibles en el marco de las opciones que permita la edificación existente y su protección en caso de que sean edificios protegidos, como la utilización de cubiertas vegetales, toldos, zonas de sombreado…”.
d Para transición a una economía circular:
“(I) Al menos el 70 por 100 (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluido el material natural mencionado en la
categoría 17 05 04 en la Lista europea de residuos establecida por la Decisión 2000/532/EC) generados, en las actuaciones previstas en esta inversión, será preparado para su reutilización, reciclaje y recuperación de
otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos
para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el
Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
(II) Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo
de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo
en cuenta las mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación segura de sustancias
peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad mediante la
eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
(III) Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad en lo referido a la norma ISO 20887 para evaluar la capacidad
de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más eficientes en el uso de los recursos, adaptables, flexibles
y desmontables para permitir la reutilización y el reciclaje”.
Por último, todas las actuaciones deberán adecuarse a las etiquetas climáticas que le
correspondan. Las etiquetas y su porcentaje de contribución asociado en el PRTR son las
siguientes:
— 035 “Medidas de adaptación al cambio climático y prevención y gestión de riesgos relacionados con el clima: inundaciones (incluidas las acciones de sensibilización, la protección civil, los sistemas e infraestructuras de gestión de catástrofes y los enfoques ecosistémicos)”, con una contribución a objetivos climáticos
del 100 por 100.
— 050 “Protección de la naturaleza y la biodiversidad, patrimonio y recursos naturales, infraestructuras verdes y azules”, con una contribución a objetivos climáticos
del 40 por 100.
— 073 “Infraestructura de transporte urbano limpio. La infraestructura de transporte
urbano limpio se refiere a la infraestructura que permite el funcionamiento de material rodante de cero emisiones”, con una contribución a objetivos climáticos del 100
por 100.
Los condicionantes de cumplimiento del principio DNSH y el etiquetado deben incluirse en todos los instrumentos jurídicos a través de los cuales se formalizarán los compromisos financieros resultantes del Acuerdo, en la medida en que sean de aplicación a los
gastos financiables en cada instrumento, de forma que se asegure el cumplimiento de las
instrucciones recogidas en la Componente del Plan.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación
Se autoriza al titular de la Dirección General de Turismo para dictar cuantas instrucciones sean precisas para la ejecución y aplicación de lo previsto en la presente orden.

BOCM-20221222-20

BOCM