D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221222-37)
Convenio – Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Villalbilla para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 304
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 403
Y por otro lado se podrán realizar modificaciones entre las cuantías de los objetivos estratégicos
pertenecientes a una misma línea de actuación, detalladas por la entidad local en la previsión
presupuestaria a la que se refiere el punto V, apartado b) de este Anexo.
Las modificaciones sólo serán tramitadas si la solicitud de las mismas se presenta al menos con un
mes de antelación al final de cada periodo de justificación.
BOCM-20221222-37
No será necesaria la modificación de las distintas líneas de actuación incluidas en este Anexo, y se
procederá directamente a la compensación, al finalizar el periodo de ejecución, siempre con el límite
de la cantidad total del citado Anexo, cuando exista exceso de gasto en alguna de las líneas de
actuación con posibilidad de modificación entre las mismas, o en alguna de las partidas de gastos
de una misma línea de actuación.
B.O.C.M. Núm. 304
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 403
Y por otro lado se podrán realizar modificaciones entre las cuantías de los objetivos estratégicos
pertenecientes a una misma línea de actuación, detalladas por la entidad local en la previsión
presupuestaria a la que se refiere el punto V, apartado b) de este Anexo.
Las modificaciones sólo serán tramitadas si la solicitud de las mismas se presenta al menos con un
mes de antelación al final de cada periodo de justificación.
BOCM-20221222-37
No será necesaria la modificación de las distintas líneas de actuación incluidas en este Anexo, y se
procederá directamente a la compensación, al finalizar el periodo de ejecución, siempre con el límite
de la cantidad total del citado Anexo, cuando exista exceso de gasto en alguna de las líneas de
actuación con posibilidad de modificación entre las mismas, o en alguna de las partidas de gastos
de una misma línea de actuación.