D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221222-38)
Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
32 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 433

perspectiva de género en el movimiento asociativo en general, a través de la celebración
de encuentros o jornadas o la edición y difusión de materiales didácticos.
 Campañas que den a conocer las asociaciones de mujeres que desarrollan proyectos en
el ámbito de la Entidad Local y que incentiven sus participación en las mismas.
 Intercambio de buenas prácticas entre asociaciones de mujeres que desarrollan proyectos
en el ámbito de la Entidad Local en relación a la promoción de la igualdad, a través de la
celebración de encuentros o jornadas o la edición y difusión de materiales didácticos.
2. Incorporación de la Perspectiva de Género en la Administración Local
Dentro de este apartado, la Entidad Local podrá realizar alguna o varias de las siguientes actividades:
2.1. Planes de Igualdad de Oportunidades en el ámbito local, con el objetivo de promover la integración
del principio de igualdad entre mujeres y hombres en el conjunto de políticas municipales de manera
transversal, y que podrá concretarse en alguna de las siguientes acciones:
 Diseño y difusión del Plan de Igualdad de Oportunidades
 Evaluación del Plan de Igualdad de Oportunidades
La financiación de estas actuaciones quedará supeditada al conocimiento por parte de la
Dirección General de Igualdad de un proyecto en el que, entre otros apartados, se incluya un
cronograma y se especifiquen las diferentes actividades que van a desarrollar teniendo en
cuenta la vigencia del Convenio, garantizando el adecuado seguimiento del proceso de diseño,
difusión, implementación y evaluación del Plan.
2.2. Promover la creación y/o desarrollo de unidades especializadas en género en la administración
local.
2.3. Formación del personal municipal en materias relacionadas con la promoción de la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres.
2.4. Jornadas, seminarios y otras actuaciones en el ámbito municipal, con el objetivo de
implementar la perspectiva de género en la gestión pública y en el desarrollo de las distintas
políticas municipales.
2.5. Integración de la perspectiva de género en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas y
planes municipales en materia de medio ambiente, vivienda, planeamiento urbanístico y
cualquier otra competencia que se desarrolle en el ámbito municipal, que podrá concretarse.
IV. CONCEPTOS Y ACTUACIONES QUE SE FINANCIAN
Podrán financiarse con cargo a este programa los siguientes gastos:
1.

Actuaciones en materia de promoción de la igualdad de oportunidades en el acceso al
empleo.

Total actuaciones en materia de promoción de la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo:
36.197,28 euros
Aportación Comunidad de Madrid: 100%
Aportación ayuntamiento: 0%
2.

Actuaciones en materia de promoción de la igualdad de oportunidades en materia de
salud y cultura y de acceso a la sociedad de la información

Total actuaciones en materia de promoción de la igualdad de oportunidades en materia de salud y
cultura y acceso a la sociedad de la información: 7.756,56 euros
Aportación Comunidad de Madrid: 50%
Aportación Ayuntamiento: 50%
Actuaciones en materia de participación social y de incorporación de la perspectiva de
género en la administraciónlocal

Total actuaciones en materia de participación social y de incorporación de la perspectiva de género
en la administración Local: 7.756,56 euros
Aportación Comunidad de Madrid: 50%
Aportación Ayuntamiento: 50%
V. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA ENTIDAD LOCAL
La Entidad Local firmante se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
a) La financiación de todas las actuaciones contenidas en el presente Programa quedará
supeditada a la aprobación de las mismas por la Dirección General deIgualdad.
b) Presentar durante el mes de enero o primer mes de ejecución del Convenio, la previsión
presupuestaria para las distintas líneas de actuación, respetando en todo caso, los límites

BOCM-20221222-38

3.