Leganés (BOCM-20221221-105)
Régimen económico. Estatutos entidad urbanística
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 303

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
105

LEGANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés, en sesión celebrada el
día 4 de octubre de 2022, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:
Primero.—Aprobar inicialmente los Estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación del Sector IA-5 Polígono Industrial Prado Overa, del Plan General de
Ordenación Urbana de Leganés, cuyo contenido íntegro se acompaña como Anexo al presente acuerdo. Resultando debidamente diligenciados.
Segundo.—Proceder a la notificación del presente acuerdo a todos los propietarios
de terrenos incluidos en el ámbito del Sector IA-5 Prado Overa del PGOU de Leganés, al
objeto de que durante el plazo de veinte días puedan consultar el expediente y formular
las alegaciones que estimen pertinentes, haciéndoles saber que, según lo previsto en el artículo 136.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y el
artículo 25.3 del Reglamento de Gestión Urbanística, la pertenencia a la entidad colaboradora de conservación será obligatoria para todos los propietarios comprendidos en el
referido ámbito territorial.
Tercero.—Someter el expediente al trámite de información pública durante el plazo de
veinte días, para la presentación de alegaciones, mediante la publicación de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los
diarios de mayor difusión, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Leganés
y en la página web municipal.
ESTATUTOS POR LOS QUE HA DE REGIRSE LA ENTIDAD URBANÍSTICA
DE CONSERVACIÓN DEL POLÍGONO INDUSTRIAL PRADO OVERA
Capítulo I

Artículo 1. Denominación, naturaleza y régimen legal.—1. Bajo la denominación
de Entidad de Conservación del Polígono Industrial Prado Overa sector IA-5, del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés, en el término municipal de Leganés (Madrid), y
cumpliendo con lo establecido por el Plan Parcial del Sector, se constituye la Entidad Urbanística Colaboradora, integrada por todos los propietarios de las parcelas incluidas en la
actuación.
2. La Entidad tiene naturaleza administrativa, se constituye con arreglo a lo dispuesto en la normativa urbanística del Ayuntamiento de Leganés, de acuerdo con lo prevenido en
el Plan Parcial del Sector IA-5 Polígono Industrial Prado Overa, aprobado definitivamente el 12 de diciembre de 1989, en su Anexo de la Memoria Justificativa, bajo el punto 6.5,
párrafo tercero y en el Convenio Urbanístico adjunto, en su punto 4, párrafo segundo. Así
como en cumplimiento del art.o 42 de los Estatutos de la Junta de Compensación del Polígono Industrial Prado Overa, sector IA-5 de Leganés. Adquiere personalidad jurídica desde la
fecha de su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, rigiéndose
por los presentes estatutos, en lo no previsto en los mismos por la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en especial por sus artículos 136 y 137 y demás
concordantes, y por el capítulo IV, del título II, del Reglamento de Gestión Urbanística,
aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, así como por las demás normas urbanísticas de general aplicación a estas entidades.
Art. 2. Domicilio.—La Entidad de Conservación tendrá su domicilio legal en la oficina dentro del Edificio Seloguardo, en el municipio de Leganés, calle Puerto de Pajares, número 28, sin perjuicio de poder trasladarlo a cualquier otro lugar del mismo término municipal, mediante acuerdo de la Asamblea General, que deberá ser notificado a los órganos
urbanísticos competentes y reflejado en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras.

BOCM-20221221-105

Disposiciones generales