Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla (BOCM-20221221-124)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos estabilización
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 303

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

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siones de celebración de exámenes serán resueltas por el Tribunal Calificador, quien dará
traslado al órgano convocante.
A dichos efectos, los Tribunales Calificadores podrán requerir a los aspirantes, en
cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en
la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes no reúne uno o varios
de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación
definitiva de aspirantes admitidos, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra dicha resolución podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
Asimismo, si el Tribunal de Selección, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes carece de la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de la
convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será
evacuado en el plazo máximo de diez días y tendrá el carácter de determinante para resolver.
De esta actuación se dará conocimiento al interesado, al objeto de que pueda formular las
alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del informe se desprendiese que el aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano convocante del mismo.
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano convocante, el aspirante podrá
continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo.
5.10. Los Tribunales podrán excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen
figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los autores o lleven
a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios.
5.11. Clasificación del Tribunal Calificador: El Tribunal Calificador ostentará la categoría que corresponda al grupo de la Escala y Subescala que se convoque, de acuerdo con
lo recogido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio.
6.1. Los procesos de selección se realizarán mediante los sistemas indicados a continuación, de conformidad con los siguientes criterios:
6.2. Sistemas de selección de plazas reservadas a personal laboral fijo que cumplan
los criterios del artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para
la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público: Los procesos extraordinarios de estabilización de empleo temporal para puestos de personal laboral se realizarán a través del
sistema de concurso-oposición y se desarrollarán con arreglo a las siguientes fases: una primera fase de concurso y una segunda de oposición:
6.2.1. Fase de concurso: Esta fase, que será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición. Consistirá en
la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, de conformidad con
el baremo que se indique en las correspondientes bases específicas de cada convocatoria.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud de participación o no acreditados documentalmente durante el plazo de presentación. Con carácter general serán méritos
evaluables en esta fase los siguientes méritos, de acuerdo con el baremo que se indica:
6.2.1.1. Experiencia profesional. Se valorará la experiencia profesional del siguiente modo, hasta el máximo de puntos que se establezca expresamente en las bases específicas de cada convocatoria:
— Los Servicios prestados en la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, como personal laboral temporal o indefinido, prestando servicios en la categoría que corresponda, a razón de los puntos por cada mes de servicio completo
que se establezcan en las bases específicas.
— Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas como funcionario interino o como personal laboral temporal prestando servicios en la categoría que
corresponda a razón de los puntos por cada mes de servicio que se establezcan en
las bases específicas.
Un mismo período de servicios no podrá ser objeto de puntuación simultánea en los
dos apartados anteriores teniendo, por ese orden, carácter preferente y excluyente.

BOCM-20221221-124

6. Sistemas de selección y calificación